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Código Civil Artículo 1317 Estado de Tabasco


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 24/04/2024

Código Civil Tabasco
Artículo 1317. Reglamento

El reglamento de este título establecerá los derechos y obligaciones del registrador, las secciones del Registro Público de la Propiedad, los libros que deben llevarse en éste; la forma y demás requisitos que deberán llenar las inscripciones y los certificados, así como las reglas necesarias para el buen funcionamiento de la oficina



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