Código Civil Artículo 1877 Estado de Tabasco
Código Civil Tabasco
Artículo 1877. Acto jurídico normativo
Por medio del acto jurídico normativo el autor o autores del mismo, en ejercicio de las facultades que la ley les concede o de la autonomía de la voluntad que la ley reconoce a los particulares, regulan la conducta propia o la ajena, adquieren derechos y contraen o imponen deberes
Estado de Tabasco Artículo 1877 Código Civil
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