Imprimir

Código Civil Artículo 3030 Estado de Tlaxcala


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 01/05/2024

Código Civil Tlaxcala
Artículo 3030.

Los cargos de albacea e interventor acaban:

I.- Por el término natural del encargo; II.- Por muerte;

III.- Por incapacidad legal declarada en forma; IV.- Por excusa que el juez califique de legítima;

V.- Por terminar el plazo señalado por el testador o por la ley;

VI.- Por revocación de su nombramiento hecha por los herederos.

La revocación puede hacerse por los herederos en cualquier tiempo; pero en el mismo acto debe nombrarse el sustituto;

VII.- Por remoción;

VIII.- En los demás casos que establezca la ley.



Estado de Tlaxcala Artículo 3030 Código Civil
Artículo 1 ...3028 3029 3030 3031 3032 ...3078

Ver el artículo
Los nuevos comentarios en el sitio web

buen dia tengo un contrato de compra venta de propiedad de terreno en la que dice como siempre con letra pequeñas que el terreno no se puede vender, no especifica a quien. si hago donacion del mismo se cancela la clausula espero y puedan ayudar con la duda gracias


Hola, hace años se trataba de hacer una reforma en este articulo para incluir ingenieros biomedicos ¿Se logró?


Revisa tu contrato ahi debe estar estipulado el horario laboral, si la empresa atenta contra dicho contrato se puede llevar a juicio por incumplimiento


Hola, me sacaron un crédito automotriz a mis espaldas, me engañaron y firme el crédito con el banco. la persona que tiene el coche no lo quiere devolver ya que no ha pagado 4 mensualidades que puedo hacer. Reportarlo como robo o por abuso de confianza?


En mi Centro de Trabajo aplican el Artículo 52, último párrafo cuando se tiene una falta de asistencia sin justificar (levantan un acta administrativa) ¿Es correcto?


Últimos comentarios



¿Es Usted jurista? ¿Necesito nuevos clientes?
Publique la información de sí mismo

- Eso es gratís

- La información acerca de 5 mejores juristas está en todas las páginas del sitio

- Este anuncio ven màs de 10 000 visitantes al día

- Para aumentar su rating Usted necesito responder a las preguntas de los usuarios

Registrarse