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Código Civil Artículo 2609 Estado de Veracruz


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 10/08/2026

Código Civil Veracruz
Artículo 2609.

La asamblea general resolverá:

I.-Sobre la admisión y exclusión de los asociados;

II.-Sobre la disolución anticipada de la asociación o sobre su prórroga por más tiempo del fijado en los estatutos;

III.-Sobre  el nombramiento  de  director  o directores  cuando  no  hayan sido  nombrados  en  la escritura constitutiva;

IV.-Sobre la revocación de los nombramientos hechos;

V.-Sobre los demás asuntos que le encomienden los estatutos.



Estado de Veracruz Artículo 2609 Código Civil
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Buen día si necesito conocer las leyes que origen el comercio informal ¿a qué código o leyes tengo que dirigir mi atención ?


en el estado el pago del 3% prescriben los pagos despues de los 5 años


Una pregunta si un importador paga honorario del agente aduanal americano (antes de su importación) se debe declarar en pedimento ese gasto no incrementable


como policía puedo denunciar a mi jefe por misogeno y por quererme obligar a que le venda una propiedad, comentando si no acepto tendre muchos problemas.

además de que esto lo uso como pretexto para cambiarme de area.


en que articulo de la ley habla de manejo de recursos de dinero en las escuelas publicas


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