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Código Civil Artículo 935 Estado de Yucatán


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 15/04/2024

Código Civil Yucatán
Artículo 935.

Si el predio dominante pertenece a varios dueños proindiviso, el uso de uno de ellos aprovecha a los demás para impedir la prescripción.



Estado de Yucatán Artículo 935 Código Civil
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