Código de Derechos Artículo 62 Estado de Veracruz
Código de Derechos Veracruz
Artículo 62.
Por servicios prestados por los sujetos obligados mencionados en el artículo 5.1, fracciones I, II, III y IV, de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública para el Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave, por costos de reproducción de información que les sea solicitada en términos de la Ley correspondiente; se causarán y pagarán los derechos siguientes:
I.Por copias simples o impresos por medio de dispositivo informático, por cada hoja tamaño carta u oficio: 0.0212 UMA
II.Por copias certificadas distintas a las señaladas en el artículo 61 de este Código, por cada hoja o fracción: 0.2651 UMA
III.Por información grabada en disco de 3.5 pulgadas o disco compacto, por copia: 0.3181 UMA
El costo del envío de información corresponderá a las cuotas que apliquen las empresas de servicios de mensajería contratadas, así como a las determinadas por el Servicio Postal Mexicano, para el caso de envíos por correo certificado.
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Alejandro Ritch
Lic. Cuauhtémoc F. Flores R.
Freddy Ruiz
Licenciado en Derecho Plutarco Hernandez Haas
jose
Buen día si necesito conocer las leyes que origen el comercio informal ¿a qué código o leyes tengo que dirigir mi atención ?
en el estado el pago del 3% prescriben los pagos despues de los 5 años
Una pregunta si un importador paga honorario del agente aduanal americano (antes de su importación) se debe declarar en pedimento ese gasto no incrementable
como policía puedo denunciar a mi jefe por misogeno y por quererme obligar a que le venda una propiedad, comentando si no acepto tendre muchos problemas.
además de que esto lo uso como pretexto para cambiarme de area.
en que articulo de la ley habla de manejo de recursos de dinero en las escuelas publicas
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