Imprimir

Código de Desarrollo Urbano Artículo 133 Estado de Michoacán


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 07/07/2026

Código de Desarrollo Urbano Michoacán
Artículo 133.

Los programas parciales de desarrollo urbano deberán contener los requisitos, efectos y alcances a que estarán sujetas las acciones de conservación, mejoramiento y crecimiento de los centros de población y dispondrán las normas específicas con base en este Código, para:

I. La asignación de los usos del suelo y destinos;

II. Las compatibilidades de los usos del suelo en compatibles, prohibidos y condicionados;

III. La formulación, aprobación y ejecución de los programas parciales que señalen las acciones, obras y servicios;

IV. La celebración de convenios con las dependencias y entidades públicas y la concertación de acciones con las representaciones de los sectores social y privado;

V. La adquisición, asignación y destino de inmuebles por parte de los gobiernos Estatal y municipales;

VI. La promoción de estímulos así como la prestación de asistencia técnica y asesoría;

VII. El fomento a la regularización de los asentamientos humanos y de las construcciones;

VIII. La construcción de vivienda de interés social y popular, infraestructura y equipamiento de los centros de población;

IX. La protección y mejoramiento de reservas ecológicas y zonas de preservación ecológica; y,

X. Las demás que se consideren necesarias para la eficacia de las acciones de conservación, mejoramiento y crecimiento.



Estado de Michoacán Artículo 133 Código de Desarrollo Urbano
Artículo 1 ...131 132 133 134 135 ...457

Ver el artículo
Agregar un comentario
Los nuevos comentarios en el sitio web

Buen día si necesito conocer las leyes que origen el comercio informal ¿a qué código o leyes tengo que dirigir mi atención ?


en el estado el pago del 3% prescriben los pagos despues de los 5 años


Una pregunta si un importador paga honorario del agente aduanal americano (antes de su importación) se debe declarar en pedimento ese gasto no incrementable


como policía puedo denunciar a mi jefe por misogeno y por quererme obligar a que le venda una propiedad, comentando si no acepto tendre muchos problemas.

además de que esto lo uso como pretexto para cambiarme de area.


en que articulo de la ley habla de manejo de recursos de dinero en las escuelas publicas


Últimos comentarios



¿Es Usted jurista? ¿Necesito nuevos clientes?
Publique la información de sí mismo

- Eso es gratís

- La información acerca de 5 mejores juristas está en todas las páginas del sitio

- Este anuncio ven màs de 10 000 visitantes al día

- Para aumentar su rating Usted necesito responder a las preguntas de los usuarios

Registrarse