Código de Ejecución de Sanciones Penales y Medidas de Libertad Anticipada Artículo 205 Estado de Chiapas
Código de Ejecución de Sanciones Penales y Medidas de Libertad Anticipada Chiapas
Artículo 205. Ofrecimiento de medios de pruebas
Si fuera necesario incorporar alguna o algunas de las pruebas previstas en el Código procesal penal aplicable, el juez brindará el auxilio necesario de manera pronta, para que sean desahogadas en esta etapa de la audiencia de incidente, pero en todo caso deberán ser anunciados como medios de prueba, al menos con tres días de anticipación a la audiencia, para que una vez admitidas como tales, las partes tengan oportunidad de conocerlas.
Estado de Chiapas Artículo 205 Código de Ejecución de Sanciones Penales y Medidas de Libertad Anticipada
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buen dia tengo un contrato de compra venta de propiedad de terreno en la que dice como siempre con letra pequeñas que el terreno no se puede vender, no especifica a quien. si hago donacion del mismo se cancela la clausula espero y puedan ayudar con la duda gracias
Hola, hace años se trataba de hacer una reforma en este articulo para incluir ingenieros biomedicos ¿Se logró?
Revisa tu contrato ahi debe estar estipulado el horario laboral, si la empresa atenta contra dicho contrato se puede llevar a juicio por incumplimiento
Hola, me sacaron un crédito automotriz a mis espaldas, me engañaron y firme el crédito con el banco. la persona que tiene el coche no lo quiere devolver ya que no ha pagado 4 mensualidades que puedo hacer. Reportarlo como robo o por abuso de confianza?
En mi Centro de Trabajo aplican el Artículo 52, último párrafo cuando se tiene una falta de asistencia sin justificar (levantan un acta administrativa) ¿Es correcto?
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