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Código de Ética y Buen Gobierno del Instituto Morelense de Información Pública y Estadística Artículo 19 Estado de Morelos


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 01/05/2024

Código de Ética y Buen Gobierno del Instituto Morelense de Información Pública y Estadística Morelos
Artículo 19. Profesionalismo

Es la disposición del personal para ejercer todas aquellas prácticas, comportamientos y actitudes que se rigen por las normas preestablecidas del respeto, la mesura, la objetividad y la efectividad en la actividad que se desempeñe, de tal manera que el ejercicio del mismo se cumpla con eficiencia.

El personal se compromete a:

Actuar bajo el perfil del conocimiento, habilidades, destrezas y experiencias que le permitan un actuar eficaz y eficiente.

El personal debe:

I. Poner al servicio de la Institución los conocimientos, habilidades y experiencia para el cumplimiento de los objetivos y metas;

II. Abstenerse de cualquier acto que pueda mermar la respetabilidad propia del cargo en el ámbito público y privado;

III. Actualizar permanentemente el conocimiento teórico y práctico en los temas y materias inherentes a sus funciones, y

IV. Trabajar de manera solidaria y con actitud de cooperación, ayuda y empatía en la consecución de los objetivos institucionales y particulares de cada una de las áreas;



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