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Código de Familia Artículo 1 Estado de Yucatán


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 24/03/2024

Código de Familia Yucatán
Artículo 1. Objeto

Las disposiciones del Derecho de Familia contenidas en este Código son de orden público, de interés social y tienen por objeto:

I. Proteger la organización y desarrollo de la Familia como elemento primordial de la sociedad y base originaria del orden, la paz y el progreso de los seres humanos;

II. Tutelar por el respeto a la dignidad e integridad de los miembros de la familia;

III. Fijar las bases que permitan el desarrollo integral de los miembros de la familia;

IV. Establecer las normas a las que se sujetarán las familias del Estado de Yucatán;

V. Delimitar las relaciones conyugales, de concubinato y de parentesco;

VI. Regular todas las relaciones y vínculos derivados de la familia;

VII. Regular el matrimonio, las causas de separación, disolución y sus efectos; así como las condiciones para la constitución del concubinato, y

VIII. Las demás que establezcan este Código y otras disposiciones legales aplicables



Estado de Yucatán Artículo 1 Código de Familia
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  1. Una pregunta lo que pasa que en mi empresa tenía horarios de 6 a 2 de 2 a 10 y de 10 a 6 am entonces ahora mi empresa quiere cambiar los horarios de 5 de la tarde a 3 de la mañana y ni trasporte dan entonces que ago

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Buenos diás adquirí una casa x una deuda pero no hay escrituras no se xqe razón entonces me dieron un poder notarial para pleitos y cobranzas dónde me ceden los derechos tengo todo el crédito como dueño??


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