Imprimir

Código de Justicia Para Adolescentes Artículo 112 Estado de Puebla


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 01/05/2024

Código de Justicia Para Adolescentes Puebla
Artículo 112.

En el supuesto previsto en el artículo anterior, se aplicarán las siguientes disposiciones:

I.- Recibida la solicitud, la Sala Unitaria pedirá inmediatamente el expediente al Juzgado en cuyo archivo se encuentre;

II.- Recibido el expediente y si conforme al artículo anterior, el solicitante hubiere protestado exhibir las pruebas, se señalará un término que no excederá de tres días para recibirlas, según las circunstancias;

III.- Transcurrido el término a que se refiere el artículo anterior, se citará al Ministerio Público, al adolescente y al Defensor que hubiere nombrado o que la Sala Unitaria le hubiere designado, para la celebración de una vista que tendrá lugar a más tardar dentro de los ocho días siguientes a la citación;

IV.- Dentro de los seis días siguientes a la celebración de la audiencia la Sala Unitaria pronunciará la resolución correspondiente; y

V.- Si la resolución fuere favorable a la solicitud, se comunicará al Ejecutivo para que el absuelto sea puesto de inmediato en libertad



Estado de Puebla Artículo 112 Código de Justicia Para Adolescentes
Artículo 1 ...110 111 112 113 114 ...304

Ver el artículo
Los nuevos comentarios en el sitio web

Revisa tu contrato ahi debe estar estipulado el horario laboral, si la empresa atenta contra dicho contrato se puede llevar a juicio por incumplimiento


Hola, me sacaron un crédito automotriz a mis espaldas, me engañaron y firme el crédito con el banco. la persona que tiene el coche no lo quiere devolver ya que no ha pagado 4 mensualidades que puedo hacer. Reportarlo como robo o por abuso de confianza?


En mi Centro de Trabajo aplican el Artículo 52, último párrafo cuando se tiene una falta de asistencia sin justificar (levantan un acta administrativa) ¿Es correcto?


  1. Una pregunta lo que pasa que en mi empresa tenía horarios de 6 a 2 de 2 a 10 y de 10 a 6 am entonces ahora mi empresa quiere cambiar los horarios de 5 de la tarde a 3 de la mañana y ni trasporte dan entonces que ago

No se da el allanamiento de morada si se dió o entregó el inmueble, materia del contrato.


Últimos comentarios



¿Es Usted jurista? ¿Necesito nuevos clientes?
Publique la información de sí mismo

- Eso es gratís

- La información acerca de 5 mejores juristas está en todas las páginas del sitio

- Este anuncio ven màs de 10 000 visitantes al día

- Para aumentar su rating Usted necesito responder a las preguntas de los usuarios

Registrarse