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Código de Justicia Para Adolescentes Artículo 243 Estado de Puebla


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 24/07/2026

Código de Justicia Para Adolescentes Puebla
Artículo 243.

La promoción, organización, planificación, dirección, administración, supervisión y control general de las actividades laborales a desarrollar por los internos, corresponderán a la Secretaría de Seguridad Pública, por conducto del encargado del área laboral en cada Centro de Internamiento Especializado, sin perjuicio de que los internos se procuren a sus expensas otros medios de ocupación, siempre que sean compatibles con las garantías procesales y con la seguridad y el buen orden del respectivo Centro



Estado de Puebla Artículo 243 Código de Justicia Para Adolescentes
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Buen día si necesito conocer las leyes que origen el comercio informal ¿a qué código o leyes tengo que dirigir mi atención ?


en el estado el pago del 3% prescriben los pagos despues de los 5 años


Una pregunta si un importador paga honorario del agente aduanal americano (antes de su importación) se debe declarar en pedimento ese gasto no incrementable


como policía puedo denunciar a mi jefe por misogeno y por quererme obligar a que le venda una propiedad, comentando si no acepto tendre muchos problemas.

además de que esto lo uso como pretexto para cambiarme de area.


en que articulo de la ley habla de manejo de recursos de dinero en las escuelas publicas


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