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Código de Justicia Para Adolescentes Artículo 259 Estado de Puebla


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 01/05/2024

Código de Justicia Para Adolescentes Puebla
Artículo 259.

El responsable del área educativa de cada Centro de Internamiento Especializado o, en su caso, el Director del mismo, deberá procurar que dentro de dicho Centro y de acuerdo a su infraestructura, se determine un sitio específico para los servicios educativos y culturales, mismo que deberá contar con los elementos mínimos para su desarrollo, incluida un área de biblioteca. Los encargados serán responsables de la supervisión y buen empleo de las aulas y equipos, así como de los materiales didácticos y bibliográficos, debiendo coordinarse para su mantenimiento con el área competente de la Secretaría de Seguridad Pública



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