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Código de Justicia Para Adolescentes Artículo 271 Estado de Puebla


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 01/05/2024

Código de Justicia Para Adolescentes Puebla
Artículo 271.

Los actos que pongan de relieve buena conducta, espíritu de trabajo y sentido de responsabilidad en el comportamiento personal de los internos y en las actividades definidas para su reinserción, serán registrados, reconocidos y documentados mediante un sistema de estímulos y recompensas,

conforme a las disposiciones reglamentarias de este Código. Todo estímulo o recompensa otorgado deberá constar y agregarse en el expediente personal del interno, a efecto de que sean considerados para el otorgamiento de los beneficios de libertad anticipada o sustitutivos penales solicitados, en su caso.



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