Código de Justicia para menores infractores Artículo 256 Estado de Durango
Código de Justicia para menores infractores Durango
Artículo 256.
Las medidas para menores son las siguientes:
I. Medidas Correctivas:
a) Amonestación
b) Apercibimiento, y
c) Prestación de servicios en beneficio de la comunidad.
II. Medidas Pecuniarias:
a) Reparación del daño a la víctima
III. Medidas de Orientación y Supervisión:
a) Limitación o prohibición de residencia;
b) Prohibición de relacionarse con determinadas personas;
c) Prohibición de asistir a determinados lugares;
d) Abstenerse de ingerir bebidas alcohólicas o sustancias psicotrópicas;
e) Prohibición de conducir vehículos motorizados;
f) Traslado al lugar donde se encuentre la familia;
g) La medida de inscribirse en un centro educativo;
h) La medida de obtener un trabajo;
i) La medida de someterse a tratamiento psicológico o médico, según sea el caso; y
j) La medida de someterse a terapia ocupacional
IV. Medidas Restrictivas y Privativas de la Libertad:
a) Libertad asistida;
b) Privación de la libertad en tiempo libre, y
c) Privación de la libertad en el Centro
Estado de Durango Artículo 256 Código de Justicia para menores infractores
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