Imprimir

Código de Justicia para menores infractores Artículo 413 Estado de Durango


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 24/04/2024

Código de Justicia para menores infractores Durango
Artículo 413.

El Departamento de Medicina estará integrado por Médicos especializados en Pediatría y tendrá las siguientes funciones:

I. Elaborar la historia clínica del menor, estudiando los antecedentes patológicos, hereditarios y personales del menor, incluyendo el examen antropométrico y actualizarlo constantemente;

II. Elaborar los dictámenes médicos que solicite el Juez de Menores, Juez de Ejecución o la Unidad de Diagnóstico;

III. Brindar atención médica a los menores que la necesiten

IV. Notificar a la Dirección del Centro, el resultado del examen médico practicado;

V. Hacer del conocimiento del Director del Centro los casos de enfermedades transmisibles o infectocontagiosas que se presenten en los internos, para que éste tome de inmediato las medidas pertinentes; y

VI. Las demás que le señale el Reglamento Interior del Centro.



Estado de Durango Artículo 413 Código de Justicia para menores infractores
Artículo 1 ...411 412 413 414

Ver el artículo
Los nuevos comentarios en el sitio web

Hola, me sacaron un crédito automotriz a mis espaldas, me engañaron y firme el crédito con el banco. la persona que tiene el coche no lo quiere devolver ya que no ha pagado 4 mensualidades que puedo hacer. Reportarlo como robo o por abuso de confianza?


En mi Centro de Trabajo aplican el Artículo 52, último párrafo cuando se tiene una falta de asistencia sin justificar (levantan un acta administrativa) ¿Es correcto?


  1. Una pregunta lo que pasa que en mi empresa tenía horarios de 6 a 2 de 2 a 10 y de 10 a 6 am entonces ahora mi empresa quiere cambiar los horarios de 5 de la tarde a 3 de la mañana y ni trasporte dan entonces que ago

No se da el allanamiento de morada si se dió o entregó el inmueble, materia del contrato.


Cesión y poder son cuestiones diferentes. Seguramente se trata de una cesión de derechos de crédito, litigiosos etc, en general se adquiere el crédito, sustituyendo al acreedor.


Últimos comentarios



¿Es Usted jurista? ¿Necesito nuevos clientes?
Publique la información de sí mismo

- Eso es gratís

- La información acerca de 5 mejores juristas está en todas las páginas del sitio

- Este anuncio ven màs de 10 000 visitantes al día

- Para aumentar su rating Usted necesito responder a las preguntas de los usuarios

Registrarse