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Código de la Hacienda Pública Artículo 344 Estado de Chiapas


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 01/05/2024

Código de la Hacienda Pública Chiapas
Artículo 344.

El Presupuesto de Egresos de los Poderes Ejecutivo, Legislativo, así como el de los Organismos Autónomos, se presenta por ejercicio fiscal a iniciativa del Gobernador del Estado. Para el caso del Poder Judicial, el proyecto de Presupuesto de Egresos será presentado al Congreso del Estado, en términos de lo dispuesto en las fracciones I, II, III, IV y V del artículo 349 de éste Código y demás disposiciones vigentes. En ambos casos, será examinado, discutido y aprobado por el Congreso del Estado, para su aplicación durante el periodo de un año, a partir del primero de enero.

La iniciativa de Ley de Ingresos, el Decreto de Presupuesto de Egresos, y demás documentos que dispongan los ordenamientos legales, deben publicarse en la página de Internet.

Los calendarios de gasto autorizados se comunicarán oficialmente:

  1. En los primeros 10 días hábiles posteriores a la aprobación del presupuesto.
  2. Si es aprobado antes del 10 de octubre, se comunicará a más tardar el 30 de noviembre.

La Secretaría y los municipios deben publicar en sus respectivas páginas de Internet los calendarios del Presupuesto de Egresos con base mensual, en los formatos y plazos que determine el CONAC.

(REFORMA PUBLICADA EN EL P.O. NÚM. 274. DE FECHA 31 DE DICIEMBRE DE 2016)

La Secretaría elaborará y difundirá en su respectiva página de Internet, los documentos dirigidos a la ciudadanía que expliquen de manera sencilla y en formatos accesibles, el contenido de la información financiera, relativa al Presupuesto de Egresos.

El CONAC emitirá las normas, así como la estructura y contenido de la información que regirán la elaboración de los documentos señalados en el párrafo anterior, con el fin de armonizar su presentación y contenido.

Los Organismos Públicos son responsables del ejercicio oportuno de los programas y proyectos que integran el Presupuesto de Egresos.



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