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Código de la Hacienda Pública Artículo 356 Estado de Chiapas


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 01/05/2024

Código de la Hacienda Pública Chiapas
Artículo 356.

Queda prohibido a los Organismos Públicos, contraer obligaciones que impliquen comprometer recursos, sean estas por celebración de convenios, contratos o por cualquier otro medio que comprometan la adquisición de bienes, servicios de cualquier naturaleza y/o la ejecución de programas y proyectos.

No se reconocerá convenio u acuerdo que implique compromiso de recursos, sin previo análisis y autorización de la Secretaría.

No se realizará pago alguno, ni reconocerán adeudos derivados de compromisos que contravengan lo dispuesto en este artículo, sin la previa autorización de la Secretaría, acorde a los procedimientos y disposiciones aplicables, como a la disponibilidad de recursos, misma que podrá en su caso, emitir la autorización correspondiente.

Los Organismos Públicos podrán celebrar contratos que rebasen el ejercicio fiscal para servicios básicos, mantenimiento, conservación e instalación indispensables para la operatividad normal y en obras públicas, adquisiciones y arrendamientos durante un ejercicio fiscal presente, siempre que:

I. Se trate de Proyectos Estratégicos y de impacto social.

II. Representen mejores términos, condiciones favorables o ventajas económicas.

III. Se justifique plenamente el plazo de la contratación y que no afecte negativamente la competencia económica en el sector de que se trate.

IV. Desglosen el gasto a precios del ejercicio fiscal presente, proyectando los subsecuentes.

V. Validación del Organismo Público normativo y en su caso del Órgano de Gobierno. Los Organismos Públicos podrán celebrar contratos de proyectos de prestación de servicios en que su vigencia rebase el ejercicio fiscal en términos de la Ley de Proyectos de Prestación de Servicios del Estado de Chiapas, en cuyo caso, los presupuestos de los ejercicios subsecuentes considerarán los costos que en su momento se encuentren vigentes y se dará prioridad a las previsiones para el cumplimiento de las obligaciones contraídas en ejercicios anteriores con motivo de los contratos de proyectos de prestación de servicios celebrados.



Estado de Chiapas Artículo 356 Código de la Hacienda Pública
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buen dia tengo un contrato de compra venta de propiedad de terreno en la que dice como siempre con letra pequeñas que el terreno no se puede vender, no especifica a quien. si hago donacion del mismo se cancela la clausula espero y puedan ayudar con la duda gracias


Hola, hace años se trataba de hacer una reforma en este articulo para incluir ingenieros biomedicos ¿Se logró?


Revisa tu contrato ahi debe estar estipulado el horario laboral, si la empresa atenta contra dicho contrato se puede llevar a juicio por incumplimiento


Hola, me sacaron un crédito automotriz a mis espaldas, me engañaron y firme el crédito con el banco. la persona que tiene el coche no lo quiere devolver ya que no ha pagado 4 mensualidades que puedo hacer. Reportarlo como robo o por abuso de confianza?


En mi Centro de Trabajo aplican el Artículo 52, último párrafo cuando se tiene una falta de asistencia sin justificar (levantan un acta administrativa) ¿Es correcto?


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