Código de Organización del Poder Judicial Artículo 2 Estado de Chiapas
Código de Organización del Poder Judicial Chiapas
Artículo 2.
El Poder Judicial del Estado se integra por:
I. El Tribunal Superior de Justicia del Estado; a).- El Tribunal Constitucional;
b).- Salas Regionales Colegiadas; c).- Juzgados de Primera Instancia;
d).- Juzgados de Primera Instancia Especializados del Juicio Oral Mercantil.
e).- Juzgados de Control y Tribunales de Enjuiciamiento;
f) Juzgados Especializados en Justicia para Adolescentes;
g).- Juzgados de Paz y Conciliación;
h).- Juzgados de Paz y Conciliación Indígena;
i).- Juzgados Municipales;
j) El Centro Estatal de Justicia Alternativa;
k) El Instituto de la Defensoría Pública;
II. El Consejo de la Judicatura;
III. Se deroga;
IV. El Tribunal del Trabajo Burocrático; y,
V. Los demás servidores públicos del Poder Judicial, en los términos que establece este Código y demás ordenamientos legales aplicables.
Cada uno de los órganos del Poder Judicial, regulará en su propio Reglamento Interior, lo concerniente a su estructura, funcionamiento, obligaciones y atribuciones de sus servidores públicos, conforme a las disposiciones constitucionales correspondientes, el presente Código y demás ordenamientos aplicables
Estado de Chiapas Artículo 2 Código de Organización del Poder Judicial
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