Código de Procedimientos Administrativos Artículo 55 Estado de México
Código de Procedimientos Administrativos
Artículo 55.
La persona legalmente citada a absolver posiciones, será tenida por confesa en las preguntas sobre hechos propios que se le formulen:
I. Cuando sin justa causa no comparezca;
II. Cuando insista en negarse a declarar; y
III. Cuando al declarar, insista en no responder afirmativa o negativamente o en manifestar que ignora los hechos.
Estado de México Artículo 55 Código de Procedimientos Administrativos
Mejores juristas
Alejandro Ritch
Lic. Cuauhtémoc F. Flores R.
Freddy Ruiz
Licenciado en Derecho Plutarco Hernandez Haas
jose
como policía puedo denunciar a mi jefe por misogeno y por quererme obligar a que le venda una propiedad, comentando si no acepto tendre muchos problemas.
además de que esto lo uso como pretexto para cambiarme de area.
Guadalajara jalisco
en que articulo de la ley habla de manejo de recursos de dinero en las escuelas publicas
En cuanto tiempo prescribe este delitode amenazas
Si tengo mas de dos o tres amonestaciones por consumo de alimentos en area de trabajo, es posible que haya rescisión de contrato?
Leer de nuevo
Código de Procedimientos Civiles Artículo 923. Ley Federal de Derechos Artículo 214. Código de Procedimientos Penales Artículo 405.Recomendados
Código de Procedimientos Administrativos México Artículo 133. Código de Procedimientos Administrativos México Artículo 116. Código de Procedimientos Administrativos Artículo 272 D. Código de Procedimientos Administrativos México Artículo 45. Código de Procedimientos Administrativos México Artículo 101.Publique la información de sí mismo
- Eso es gratís
- La información acerca de 5 mejores juristas está en todas las páginas del sitio
- Este anuncio ven màs de 10 000 visitantes al día
- Para aumentar su rating Usted necesito responder a las preguntas de los usuarios