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Código de Procedimientos Civiles Artículo 553 Estado de Baja California Sur


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 06/05/2024

Código de Procedimientos Civiles Baja California Sur
Artículo 553.

Hecho el avalúo se sacarán los bienes a subasta pública, anunciándose por medio de edictos que se fijarán por dos veces en los tableros de avisos del juzgado debiendo mediar entre una y otra publicación siete días hábiles y, entre la última y la fecha del remate igual plazo, asimismo se publicará en la sección de edictos de la página oficial de Internet del Poder Judicial del Estado, desde la fecha en que se fije por primera vez en los tableros de avisos del juzgado hasta el remate. Si el valor del bien pasara del equivalente a ciento ochenta veces el valor diario de la Unidad de Medida y Actualización, se insertarán además los edictos en uno de los periódicos de mayor circulación en el estado. A petición de cualquiera de las partes y a su costa el juez puede usar, además de los dichos, algún otro medio de publicidad para convocar postores



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