Imprimir

Código de Procedimientos Civiles Artículo 1371 Estado de Campeche


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 24/04/2024

Código de Procedimientos Civiles Campeche
Artículo 1371.

Los secretarios de los tribunales y juzgados ordenarán sus actuaciones conforme a las prevenciones siguientes:

I. En un cuaderno que se llamará principal, se pondrán solamente los escritos de las partes con los poderes y documentos que acompañan, los decretos, autos, sentencias, notificaciones, respuestas, comparecencias y demás actuaciones sobre lo principal del negocio; todo coordinado según la antigüedad de sus fechas;

II. Para cada parte se formará otro cuaderno en que se reunirán ordenadamente los documentos, declaraciones de testigos y demás justificantes que el interesado presente en el término probatorio. Este cuaderno se titulará de pruebas X;

III. Se formará un cuaderno sobre cada artículo o incidente que se promueva, expresándose en la carátula el mes y el año en que se inicia, la materia sobre que versa el artículo, los nombres de las partes, el del Magistrado o juez y el del secretario;

IV. Los cuadernos sobre artículos de previo y especial pronunciamiento serán unidos al principal luego que los artículos se concluyan;

V. También se unirán al principal los cuadernos de pruebas después que se haga

la publicación de ellas;

VI. Cuando el cuaderno principal llegue a contener ciento cincuenta fojas, se formará un segundo cuaderno, y en su caso se hará un tercero, etc., debiéndose uniformar las carátulas y marcar cada cuaderno con el número ordinal que le corresponda;

VII. Los cuadernos a que hace mención este artículo se formarán por duplicado.

Para ese efecto las promociones correspondientes y, en su caso, los documentos que se les anexen se presentarán en dos tantos



Estado de Campeche Artículo 1371 Código de Procedimientos Civiles
Artículo 1 ...1369 1370 1371 1372 1373 ...1469

Ver el artículo
Los nuevos comentarios en el sitio web

Revisa tu contrato ahi debe estar estipulado el horario laboral, si la empresa atenta contra dicho contrato se puede llevar a juicio por incumplimiento


Hola, me sacaron un crédito automotriz a mis espaldas, me engañaron y firme el crédito con el banco. la persona que tiene el coche no lo quiere devolver ya que no ha pagado 4 mensualidades que puedo hacer. Reportarlo como robo o por abuso de confianza?


En mi Centro de Trabajo aplican el Artículo 52, último párrafo cuando se tiene una falta de asistencia sin justificar (levantan un acta administrativa) ¿Es correcto?


  1. Una pregunta lo que pasa que en mi empresa tenía horarios de 6 a 2 de 2 a 10 y de 10 a 6 am entonces ahora mi empresa quiere cambiar los horarios de 5 de la tarde a 3 de la mañana y ni trasporte dan entonces que ago

No se da el allanamiento de morada si se dió o entregó el inmueble, materia del contrato.


Últimos comentarios



¿Es Usted jurista? ¿Necesito nuevos clientes?
Publique la información de sí mismo

- Eso es gratís

- La información acerca de 5 mejores juristas está en todas las páginas del sitio

- Este anuncio ven màs de 10 000 visitantes al día

- Para aumentar su rating Usted necesito responder a las preguntas de los usuarios

Registrarse