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Código de Procedimientos Civiles Artículo 947 Estado de Campeche


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 24/04/2024

Código de Procedimientos Civiles Campeche
Artículo 947.

Las propuestas que se hagan en el remate deberán llenar las condiciones siguientes:

I. El nombre, edad, capacidad legal, estado, profesión y domicilio del postor;

II. Las mismas circunstancias respecto del fiador;

III. La cantidad que se ofrezca por la finca;

IV. La que se dé al contado y los términos en que el resto haya de pagarse;

V. El interés que deba causar la suma que se quede reconociendo;

VI. La promesa de hacer en el remate la postura que mejor convenga al postor;

VII. La indicación de la finca o fincas porque se hace la postura;

VIII. La sumisión expresa al juez que conozca del negocio, para que haga cumplir el contrato.



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