Imprimir

Código de Procedimientos Civiles Artículo 898 Estado de Chihuahua


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 05/06/2025

Código de Procedimientos Civiles
Artículo 898.

La petición de apeo deberá hacer¬se por escrito ante el Tribunal o Notario Público, según proceda, y en ellas se expresarán los datos que a continuación se indican, acom¬pañándose a la misma los documentos que en seguida se señalan:

I. El nombre y ubicación de la finca que debe deslindarse;

II. La parte o partes en que el deslinde debe llevarse a cabo;

III. Los nombres y apellidos de los co¬lindantes que pueden tener interés en el apeo;

IV. El sitio donde están y donde deben colocarse las señales, y si éstas no existen, el lugar donde estuvieron;

V. Los planos y demás documentos que vengan a servir de base para la diligencia, ofreciéndose información a falta de ellos; y la designación de un perito que deberá tener título legal en ingeniería.



Estado de Chihuahua Artículo 898 Código de Procedimientos Civiles
Artículo 1 ...896 897 898 899 900 ...947

Ver el artículo
Agregar un comentario
Los nuevos comentarios en el sitio web

qué irresponsable, ojalá si te hayas vacunado lol


No es que diga que los primeros 3 dias no se pagan, una inasistencia no se paga como tal, punto y sea por inasistencia o con incapacidad sigue siendo una falta (justificada silo quieres ver asi, no te cuenta para un despido justificado) , es a partir del cuarto dia que quien paga es el seguro bajo los porcentajes que marca la ley y debido al tipo de incapacidad que se otorgo,


Si el militar retirado dejo de pagar un crédito hipotecario hace tres años y está divorciado y en la sentencia ejecutada el convino un acuerdo donde pagaría en su totalidad la casa y dejo de hacerlo que procede jurídicamente o que puede hacer la persona afectada gracias


en cuanto a la venta de casa, referente a deducciones por comision en el cálculo se considera la comisión mas iva o solo el importe por comisión


Hola, si el ingreso recibido en el extranjero es cada quince dias, el tipo de cambio que debo usar para convertirlo a pesos es el promedio de esos 15 dias?? o junto las dos quincenas y aplico el promedio mensual del tipo de cambio publicado en DOF? La persona que percibe los ingresos (salarios) en el extranjero recide en México, puede deducir en la declaración anual lo procedente como si fuera empleado en México?? y tambien las deducciones que pague en el extranjero?


Últimos comentarios



¿Es Usted jurista? ¿Necesito nuevos clientes?
Publique la información de sí mismo

- Eso es gratís

- La información acerca de 5 mejores juristas está en todas las páginas del sitio

- Este anuncio ven màs de 10 000 visitantes al día

- Para aumentar su rating Usted necesito responder a las preguntas de los usuarios

Registrarse