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Código de Procedimientos Civiles Artículo 2.257 Estado de México


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 01/05/2025

Código de Procedimientos Civiles México
Artículo 2.257. Reglas para rematar muebles

Cuando los bienes a rematar sean muebles, se aplicarán las disposiciones anteriores, con las excepciones siguientes:

I. Su venta será de contado, por medio de corredor o casa de comercio que expenda objetos o mercancías similares, haciéndose saber el precio;

II. Si pasados quince días de puestos a la venta, no se vendieren, el juez ordenará una rebaja del diez por ciento del valor inicial, y se comunicará al encargado de la venta;

III. Si pasados otros quince días no se efectuare la venta, el Juez, oyendo a las partes por tres días, decidirá si se rebaja el precio para obtener la venta;

IV. Efectuada la venta, el corredor o casa de comercio entregará los bienes al comprador, entregándose el documento justificativo de la propiedad, firmado por el Juez;

V. En cualquier tiempo, después de ordenada la venta, puede el ejecutante pedir la adjudicación de los bienes, por el precio señalado al hacer la petición;

VI. Los gastos de corretaje o comisión serán de cuenta del deudor, y se deducirán preferentemente del precio de venta.



Estado de México Artículo 2.257 Código de Procedimientos Civiles
Artículo 1.1 ...2.255 2.256 2.257 2.258 2.259 ...5.80

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Hola, si el ingreso recibido en el extranjero es cada quince dias, el tipo de cambio que debo usar para convertirlo a pesos es el promedio de esos 15 dias?? o junto las dos quincenas y aplico el promedio mensual del tipo de cambio publicado en DOF? La persona que percibe los ingresos (salarios) en el extranjero recide en México, puede deducir en la declaración anual lo procedente como si fuera empleado en México?? y tambien las deducciones que pague en el extranjero?


Articulo 76 Establece el derecho a vacaciones: mínimo 12 días después del primer año de trabajo, aumentando en dos días cada año hasta llegar a 20


En que articulo dise que los primeros 3 dias no los paga tu patron en caso de enfermedad


si voy a cumplir 3 años cuanto me tocan de dias de vacaciones pagadas


con el articulo 224 del imss entiendo que se puede cotizar con un patron y al mismo tiempo contratar modalidad 10 sin ser realmente trabajador independiente para subir el salario promedio de cotizacion para la cuestion de pension por cesantia en edad avanzada ?


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