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Código de Procedimientos Civiles Artículo 269 Estado de Puebla


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 01/05/2025

Código de Procedimientos Civiles Puebla
Artículo 269.

El que ofrezca la prueba documental deberá exhibirla, y sólo en el caso de que no pueda obtenerla directamente, se aplicarán las disposiciones siguientes:

I. Si se encuentra en el mismo juzgado se ordenará al Secretario que haga la compulsa correspondiente;

II. Si los documentos se encuentran en libros o papeles de casas de comercio o de algún establecimiento industrial o minero, o de cualquiera otra naturaleza, el que pida el documento o constancia, deberá fijar con precisión cual sea, y la copia testimoniada se tomará en el propio establecimiento, sin que los encargados de éste, estén obligados a llevar esos libros o papeles al juzgado;

III. Los extraños al juicio, están obligados a exhibir documentos privados de su propiedad exclusiva, cuando así lo solicitare alguna de las partes, siempre y cuando, guarden estrecha relación con la controversia;

IV. Si los documentos son propios de alguna de las partes, pero se encuentran en poder de otra persona, ésta queda obligada a exhibirlos, para que previa compulsa en los autos, le sean devueltos;

V. Si los documentos se encuentran en una oficina pública del lugar del juicio, el Juez solicitará, a costa del oferente, copia certificada de las constancias conducentes;

VI. Los documentos que se encuentren fuera del lugar en donde se sigue el juicio, se mandarán compulsar mediante exhorto que dirija el Juez de los autos al del lugar en que aquéllos se encuentren, y

VII. Salvo las excepciones establecidas por las leyes, sólo pueden reconocer un documento privado el que lo firma, el que lo manda a extender, o el apoderado de ellos, cuyo poder contenga cláusula especial



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Articulo 76 Establece el derecho a vacaciones: mínimo 12 días después del primer año de trabajo, aumentando en dos días cada año hasta llegar a 20


En que articulo dise que los primeros 3 dias no los paga tu patron en caso de enfermedad


si voy a cumplir 3 años cuanto me tocan de dias de vacaciones pagadas


con el articulo 224 del imss entiendo que se puede cotizar con un patron y al mismo tiempo contratar modalidad 10 sin ser realmente trabajador independiente para subir el salario promedio de cotizacion para la cuestion de pension por cesantia en edad avanzada ?


el procedimiento penal est. art .482 de procedencia 49 por constitucion obligado a cumplir como persona obligada de el estado de puebla debieron obligar al sujeto por tener obligaciones qu lo sujetavan a cmplir tanto a la famiia como a soberania y vocacion que se desplegaria de lo estudiado en su escolofon de preparacion del orden primordial a umplir sin omiciones por ser protejidopor leyes nscionales e internacionales como los acurdos conbencionales de pacto san jose pro homine de ambito bilateral por lo que la intelectualidad desmedida y esacta como el tiempo por ser escto presiso y de ser impuesto por las omitivas y frecuentes opociciones de diversos por todo esto el aspecto tendencioso y sorprendente para todos a simple viste o cotejo de los documentos de el estado y municipio donde se delegava poder supremo imperial si llegara a ser nesesario se implementar en ecalafon nesesario fuertemente resguardando el caracter y rspeto alos lineamientos de este ambito de gobierno imperial por los tantos puntos de primera vista arbitrarios e inaseptables peroeficases por la epoca y los sucesos en la sociedad gobierno moral y la integridad individualisada y


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