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Código de Procedimientos Civiles Artículo 354 Estado de Puebla


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 14/05/2025

Código de Procedimientos Civiles Puebla
Artículo 354.

Una vez subsanadas las omisiones y regularizado el procedimiento, se procederá a estudiar las reclamaciones, si las hubiere, observando las reglas siguientes:

a). Si la reclamación resulta fundada, pero la violación es de aquéllas cuya naturaleza no trasciende al fondo del negocio, así será declarado;

b). Si la reclamación resulta fundada, y la violación es de aquéllas cuya naturaleza pudiera afectar derechos procesales de las partes, que trasciendan al sentido del fallo, el Juez ordenará la recomposición del procedimiento, conforme a las reglas establecidas en este capítulo;

c). Cuando el Juez, en uso de las facultades que le confiere este Capítulo, hubiere ordenado la reposición de los actos procesales, en contra de los cuales se interpuso la reclamación, declarará ésta carente de materia, y

d). En el supuesto de que la reclamación resulte infundada, el Juez procederá al examen de las excepciones procesales.



Estado de Puebla Artículo 354 Código de Procedimientos Civiles
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en cuanto a la venta de casa, referente a deducciones por comision en el cálculo se considera la comisión mas iva o solo el importe por comisión


Hola, si el ingreso recibido en el extranjero es cada quince dias, el tipo de cambio que debo usar para convertirlo a pesos es el promedio de esos 15 dias?? o junto las dos quincenas y aplico el promedio mensual del tipo de cambio publicado en DOF? La persona que percibe los ingresos (salarios) en el extranjero recide en México, puede deducir en la declaración anual lo procedente como si fuera empleado en México?? y tambien las deducciones que pague en el extranjero?


Articulo 76 Establece el derecho a vacaciones: mínimo 12 días después del primer año de trabajo, aumentando en dos días cada año hasta llegar a 20


En que articulo dise que los primeros 3 dias no los paga tu patron en caso de enfermedad


si voy a cumplir 3 años cuanto me tocan de dias de vacaciones pagadas


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