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Código de Procedimientos Civiles Artículo 365 Estado de Puebla


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 24/04/2024

Código de Procedimientos Civiles Puebla
Artículo 365.

La sentencia deberá fijar el plazo dentro del cual deba cumplirse una vez que cause ejecutoria.

También se determinará con precisión los efectos y alcances del fallo. Si hubiere terceristas coadyuvantes o excluyentes, terceros llamados a juicio, litisconsortes o pluralidad de partes, la sentencia determinará los efectos para cada uno de ellos, tanto en lo principal como en la condena en costas.



Estado de Puebla Artículo 365 Código de Procedimientos Civiles
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