Código de Procedimientos Civiles Artículo 488 Estado de Puebla
Código de Procedimientos Civiles Puebla
Artículo 488.
Firme el auto que fincó el remate, con el precio del mismo se pagará al acreedor entregándose el excedente si lo hubiere a quien corresponda.
Estado de Puebla Artículo 488 Código de Procedimientos Civiles
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en cuanto a la venta de casa, referente a deducciones por comision en el cálculo se considera la comisión mas iva o solo el importe por comisión
Hola, si el ingreso recibido en el extranjero es cada quince dias, el tipo de cambio que debo usar para convertirlo a pesos es el promedio de esos 15 dias?? o junto las dos quincenas y aplico el promedio mensual del tipo de cambio publicado en DOF? La persona que percibe los ingresos (salarios) en el extranjero recide en México, puede deducir en la declaración anual lo procedente como si fuera empleado en México?? y tambien las deducciones que pague en el extranjero?
Articulo 76 Establece el derecho a vacaciones: mínimo 12 días después del primer año de trabajo, aumentando en dos días cada año hasta llegar a 20
En que articulo dise que los primeros 3 dias no los paga tu patron en caso de enfermedad
si voy a cumplir 3 años cuanto me tocan de dias de vacaciones pagadas
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Código de Procedimientos Civiles Quintana Roo Artículo 46. Código de Procedimientos Civiles Quintana Roo Artículo 864. Código de Procedimientos Civiles Quintana Roo Artículo 503. Código de Procedimientos Civiles Puebla Artículo 298. Código de Procedimientos Civiles Quintana Roo Artículo 921.Publique la información de sí mismo
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