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Código de Procedimientos Civiles Artículo 1010 Estado de Querétaro


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 24/04/2024

Código de Procedimientos Civiles Querétaro
Artículo 1010.

Si la sentencia condena a entregar una cosa determinada, el juez podrá hacer uso de los medios de apremio que estime oportunos y, si no logra la entrega, podrá autorizar el cateo de la casa del deudor, para lo cual dará por escrito la orden respectiva, pudiendo autorizar también que se rompan las cerraduras de los objetos que se determinen, para sólo tal fin



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