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Código de Procedimientos Civiles Artículo 119 Estado de Quintana Roo


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 14/05/2025

Código de Procedimientos Civiles Quintana Roo
Artículo 119.

La lista electrónica y las notificaciones vía correo electrónico, a que se refiere el artículo 116 se publicará y enviará, respectivamente, a más tardar a las doce horas del día siguiente a la fecha que se pronuncia la determinación legal sin perjuicio que desde que el momento en que se dicte el acuerdo las partes se den por notificados si acuden al Tribunal; siendo que en el primer caso se publicará diariamente en la página oficial del Tribunal, una lista electrónica de los negocios que se hayan acordado ese día. Su término empezará a correr a las doce horas del día siguiente de su publicación. De igual manera las partes pueden acudir a los juzgados a notificarse sin que por eso se les impida checar todo el acuerdo por medio de su correo y contraseña que el propio Tribunal le otorgará.

Sólo por errores u omisiones sustanciales que hagan no identificables los juicios, podrá pedirse la nulidad de las notificaciones.



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en cuanto a la venta de casa, referente a deducciones por comision en el cálculo se considera la comisión mas iva o solo el importe por comisión


Hola, si el ingreso recibido en el extranjero es cada quince dias, el tipo de cambio que debo usar para convertirlo a pesos es el promedio de esos 15 dias?? o junto las dos quincenas y aplico el promedio mensual del tipo de cambio publicado en DOF? La persona que percibe los ingresos (salarios) en el extranjero recide en México, puede deducir en la declaración anual lo procedente como si fuera empleado en México?? y tambien las deducciones que pague en el extranjero?


Articulo 76 Establece el derecho a vacaciones: mínimo 12 días después del primer año de trabajo, aumentando en dos días cada año hasta llegar a 20


En que articulo dise que los primeros 3 dias no los paga tu patron en caso de enfermedad


si voy a cumplir 3 años cuanto me tocan de dias de vacaciones pagadas


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