Código de Procedimientos Civiles Artículo 527 Estado de Veracruz
Código de Procedimientos Civiles
Artículo 527.
El recurso de queja en contra del Juez, se presentará ante el mismo, dentro de los dos días que sigan al acto reclamado. Dentro del término de tres días de interpuesto el recurso, el juez de los autos remitirá a la Secretaría General del Tribunal Superior de Justicia o, en su caso, a su superior inmediato, informe con justificación, acompañando al mismo copia legible de las constancias conducentes; recibido éste, el superior, dentro del tercer día, decidirá lo que corresponda.
En todo momento se estará a lo siguiente:
I.De proceder el Recurso de queja, se pondrá a vista de la contraparte en caso de que sea un juicio contencioso para que, dentro del término de dos días, manifieste lo que a sus intereses convenga y señale constancias para su substanciación en segunda instancia; y
II.De proceder el recurso en el caso de la fracción III del artículo 525, en la resolución se dispondrá que el inferior admita y tramite la apelación conforme a las reglas contenidas en el Capítulo Primero de este Título.
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qué irresponsable, ojalá si te hayas vacunado lol
No es que diga que los primeros 3 dias no se pagan, una inasistencia no se paga como tal, punto y sea por inasistencia o con incapacidad sigue siendo una falta (justificada silo quieres ver asi, no te cuenta para un despido justificado) , es a partir del cuarto dia que quien paga es el seguro bajo los porcentajes que marca la ley y debido al tipo de incapacidad que se otorgo,
Si el militar retirado dejo de pagar un crédito hipotecario hace tres años y está divorciado y en la sentencia ejecutada el convino un acuerdo donde pagaría en su totalidad la casa y dejo de hacerlo que procede jurídicamente o que puede hacer la persona afectada gracias
en cuanto a la venta de casa, referente a deducciones por comision en el cálculo se considera la comisión mas iva o solo el importe por comisión
Hola, si el ingreso recibido en el extranjero es cada quince dias, el tipo de cambio que debo usar para convertirlo a pesos es el promedio de esos 15 dias?? o junto las dos quincenas y aplico el promedio mensual del tipo de cambio publicado en DOF? La persona que percibe los ingresos (salarios) en el extranjero recide en México, puede deducir en la declaración anual lo procedente como si fuera empleado en México?? y tambien las deducciones que pague en el extranjero?
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