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Código de Procedimientos Contencioso-Administrativos Artículo 14 Estado de Campeche


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 30/07/2026

Código de Procedimientos Contencioso-Administrativos Campeche
Artículo 14.

Las resoluciones serán notificadas:

I. Personalmente, dentro del tercer día hábil a partir de aquel en que se pronunció la resolución; o

II. Por lista al siguiente día hábil de ser pronunciadas; o

III. Por correo certificado, con acuse de recibo, caso en que la pieza postal deberá ser depositada en el correo al día hábil siguiente de emitida la resolución



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Buen día si necesito conocer las leyes que origen el comercio informal ¿a qué código o leyes tengo que dirigir mi atención ?


en el estado el pago del 3% prescriben los pagos despues de los 5 años


Una pregunta si un importador paga honorario del agente aduanal americano (antes de su importación) se debe declarar en pedimento ese gasto no incrementable


como policía puedo denunciar a mi jefe por misogeno y por quererme obligar a que le venda una propiedad, comentando si no acepto tendre muchos problemas.

además de que esto lo uso como pretexto para cambiarme de area.


en que articulo de la ley habla de manejo de recursos de dinero en las escuelas publicas


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