Código de Procedimientos Familiares Artículo 247 Estado de Yucatán
Código de Procedimientos Familiares Yucatán
Artículo 247. Reglas para la diligenciación de exhortos
En la diligenciación de los exhortos, se deben observar las siguientes reglas:
I. El juez exhortado debe practicar en forma expresa únicamente las diligencias que le hayan sido encomendadas por el exhortante;
II. La diligenciación no puede afectar a terceros extraños a la contienda judicial, origen del exhorto;
III. En la práctica del exhorto no se deben promover cuestiones de competencia, sin perjuicio de que el juez exhortado decida su competencia;
IV. Las partes, los interesados y sus asesores jurídicos pueden intervenir en las actuaciones que se practiquen para el cumplimiento del exhorto, y
V. Cuando al juez exhortado se le requiera para citar y examinar personas como testigos, declarantes o absolventes, se entienden delegadas las facultades necesarias para la recepción de esas pruebas, así como para usar medios de apremio para hacer cumplir las determinaciones.
Estado de Yucatán Artículo 247 Código de Procedimientos Familiares
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Hola, si el ingreso recibido en el extranjero es cada quince dias, el tipo de cambio que debo usar para convertirlo a pesos es el promedio de esos 15 dias?? o junto las dos quincenas y aplico el promedio mensual del tipo de cambio publicado en DOF? La persona que percibe los ingresos (salarios) en el extranjero recide en México, puede deducir en la declaración anual lo procedente como si fuera empleado en México?? y tambien las deducciones que pague en el extranjero?
Articulo 76 Establece el derecho a vacaciones: mínimo 12 días después del primer año de trabajo, aumentando en dos días cada año hasta llegar a 20
En que articulo dise que los primeros 3 dias no los paga tu patron en caso de enfermedad
si voy a cumplir 3 años cuanto me tocan de dias de vacaciones pagadas
con el articulo 224 del imss entiendo que se puede cotizar con un patron y al mismo tiempo contratar modalidad 10 sin ser realmente trabajador independiente para subir el salario promedio de cotizacion para la cuestion de pension por cesantia en edad avanzada ?
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Código de Procedimientos Familiares Yucatán Artículo 36. Competencia por cuantía Código de Procedimientos Familiares Yucatán Artículo 86. Capacidad para promover Código de Procedimientos Familiares Yucatán Artículo 286. Obligación del juez de recibir las pruebas Código de Procedimientos Familiares Yucatán Artículo 739. Procedimiento para hacer cesar la declaración de estado de interdicción Código de Procedimientos Familiares Yucatán Artículo 274. Clasificación de las excepcionesPublique la información de sí mismo
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