Código de Procedimientos Penales Artículo 18 Estado de Baja California
Código de Procedimientos Penales Baja California
Artículo 18. Fundamentación y motivación de las decisiones
Los órganos jurisdiccionales están obligados a fundar y motivar sus decisiones. La simple relación de las pruebas, la mención de los requerimientos, argumentos o pretensiones de las partes o de afirmaciones dogmáticas o fórmulas genéricas o rituales, no reemplaza en caso alguno a la fundamentación ni a la motivación.
No existe motivación cuando se hayan omitido observar las reglas de la sana crítica, con respecto a medios o elementos probatorios de valor decisivo.
Estado de Baja California Artículo 18 Código de Procedimientos Penales
Mejores juristas
Alejandro Ritch
Lic. Cuauhtémoc F. Flores R.
Freddy Ruiz
Licenciado en Derecho Plutarco Hernandez Haas
jose
Entonces si m retiraron por invalidez enero 16 31 y m dieron la pensiónhasta abril del2021 ya no la puedo meter ni aumento salarial?
Buen día si necesito conocer las leyes que origen el comercio informal ¿a qué código o leyes tengo que dirigir mi atención ?
en el estado el pago del 3% prescriben los pagos despues de los 5 años
Una pregunta si un importador paga honorario del agente aduanal americano (antes de su importación) se debe declarar en pedimento ese gasto no incrementable
como policía puedo denunciar a mi jefe por misogeno y por quererme obligar a que le venda una propiedad, comentando si no acepto tendre muchos problemas.
además de que esto lo uso como pretexto para cambiarme de area.
Recomendados
Código Federal de Procedimientos Penales Artículo 18. Código de Procedimientos Penales Baja California Artículo 16. Independencia Código de Procedimientos Penales Baja California Artículo 186. Embargo previo a la imputación Código de Procedimientos Penales Baja California Artículo 15. Juez competente Código Fiscal Municipal Campeche Artículo 119.Publique la información de sí mismo
- Eso es gratís
- La información acerca de 5 mejores juristas está en todas las páginas del sitio
- Este anuncio ven màs de 10 000 visitantes al día
- Para aumentar su rating Usted necesito responder a las preguntas de los usuarios