Código de Procedimientos Penales Artículo 106 Estado de Hidalgo
Código de Procedimientos Penales Hidalgo
Artículo 106.
No podrá celebrarse ninguna audiencia sin la presencia del ministerio publico y del inculpado y su defensor; en cuyo caso, se señalara nueva fecha para su celebración dentro de los cinco días siguientes, haciéndose nuevamente las notificaciones, citaciones y los apercibimientos que procedan. Si faltare el inculpado y estuviese gozando de libertad caucional, se certificara su inasistencia y por notificación personal se le apercibirá para que con prueba idónea, la justifique en un plazo de tres días, si no la justifica o transcurre el plazo sin hacerlo, se le revocara su libertad, ordenándose su reaprehensión; si estuviese sujeto a proceso, se aplicara la medida de apremio procedente.
Si el faltista fuere el ministerio público o el defensor de oficio, se comunicará a su superior jerárquico, sin perjuicio de imponerles una corrección disciplinaria, salvo que exista causa justificada. Si fuere el defensor particular, se impondrá la corrección disciplinaria que se estime procedente, sin perjuicio de dar vista al ministerio público, si con su ausencia resulta la posible comisión de hechos delictuosos.
En casos urgentes y bajo la responsabilidad del juzgador, cuando los que deban de comparecer a una audiencia, no estuvieren presente a la hora y día fijados, habiendo constancia de su notificación, podrá hacerlos comparecer por medio de los agentes de investigación, hecha excepción del Ministerio Público.
Si el imputado tuviere varios defensores, no se oirá más que a uno de ellos cada vez que corresponda a la defensa. Lo mismo se observará cuando intervinieren varios agentes del ministerio público.
Estado de Hidalgo Artículo 106 Código de Procedimientos Penales
Mejores juristas





Articulo 76 Establece el derecho a vacaciones: mínimo 12 días después del primer año de trabajo, aumentando en dos días cada año hasta llegar a 20
En que articulo dise que los primeros 3 dias no los paga tu patron en caso de enfermedad
si voy a cumplir 3 años cuanto me tocan de dias de vacaciones pagadas
con el articulo 224 del imss entiendo que se puede cotizar con un patron y al mismo tiempo contratar modalidad 10 sin ser realmente trabajador independiente para subir el salario promedio de cotizacion para la cuestion de pension por cesantia en edad avanzada ?
el procedimiento penal est. art .482 de procedencia 49 por constitucion obligado a cumplir como persona obligada de el estado de puebla debieron obligar al sujeto por tener obligaciones qu lo sujetavan a cmplir tanto a la famiia como a soberania y vocacion que se desplegaria de lo estudiado en su escolofon de preparacion del orden primordial a umplir sin omiciones por ser protejidopor leyes nscionales e internacionales como los acurdos conbencionales de pacto san jose pro homine de ambito bilateral por lo que la intelectualidad desmedida y esacta como el tiempo por ser escto presiso y de ser impuesto por las omitivas y frecuentes opociciones de diversos por todo esto el aspecto tendencioso y sorprendente para todos a simple viste o cotejo de los documentos de el estado y municipio donde se delegava poder supremo imperial si llegara a ser nesesario se implementar en ecalafon nesesario fuertemente resguardando el caracter y rspeto alos lineamientos de este ambito de gobierno imperial por los tantos puntos de primera vista arbitrarios e inaseptables peroeficases por la epoca y los sucesos en la sociedad gobierno moral y la integridad individualisada y
Publique la información de sí mismo
- Eso es gratís
- La información acerca de 5 mejores juristas está en todas las páginas del sitio
- Este anuncio ven màs de 10 000 visitantes al día
- Para aumentar su rating Usted necesito responder a las preguntas de los usuarios