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Código de Procedimientos Penales Artículo 335 Estado de Jalisco


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 05/10/2026

Código de Procedimientos Penales Jalisco
Artículo 335.

El recurso de denegada apelación procede cuando ésta se hubiese negado, aun cuando el motivo de la denegación sea que no se considere como parte al que intentó el recurso. 



Estado de Jalisco Artículo 335 Código de Procedimientos Penales
Artículo 1 ...333 334 335 336 337 ...460

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Buen día si necesito conocer las leyes que origen el comercio informal ¿a qué código o leyes tengo que dirigir mi atención ?


en el estado el pago del 3% prescriben los pagos despues de los 5 años


Una pregunta si un importador paga honorario del agente aduanal americano (antes de su importación) se debe declarar en pedimento ese gasto no incrementable


como policía puedo denunciar a mi jefe por misogeno y por quererme obligar a que le venda una propiedad, comentando si no acepto tendre muchos problemas.

además de que esto lo uso como pretexto para cambiarme de area.


en que articulo de la ley habla de manejo de recursos de dinero en las escuelas publicas


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