Código de Procedimientos Penales Estado de Jalisco
Código de Procedimientos Penales Estado de Jalisco
- Artículo 1. Los jueces del Estado de Jalisco son competentes para conocer, en la forma y...
- Artículo 2. Para conocer de un delito determinado es competente el juez del lugar donde...
- Artículo 3. Es competente para conocer de los delitos continuados, cualquiera de los...
- Artículo 4. La justicia penal se administrará: I. Por los juzgados de paz; II....
- Artículo 5. Para los efectos del artículo anterior corresponderá conocer: I. A los...
- Artículo 6. En materia penal no cabe prórroga ni renuncia de jurisdicción
- Artículo 7. Ningún juez puede promover competencia a su superior jerárquico.
- Artículo 8. El procedimiento penal tiene las siguientes etapas: I. La...
- Artículo 9. Las actuaciones se sujetarán a las siguientes reglas: I. Podrán...
- Artículo 10. Las promociones formuladas por escrito deberán ser por duplicado, firmadas...
- Artículo 11. Los secretarios deberán dar cuenta con las promociones, dentro de las...
- Artículo 12. Los expedientes no podrán entregarse a las partes. Estas y el ofendido...
- Artículo 13. Si se perdiese algún expediente, se repondrá a costa del responsable, quien...
- Artículo 14. Los secretarios o testigos de asistencia de los juzgados, del tribunal o del...
- Artículo 15. La infracción de las disposiciones contenidas en los artículos 9º,...
- Artículo 16. Cuando el inculpado, el ofendido, los testigos o los peritos no hablen...
- Artículo 17. Las partes podrán recusar al intérprete por causa justificada y el...
- Artículo 18. Los testigos no podrán ser intérpretes
- Artículo 19. Si el inculpado, el ofendido o algún testigo fuere sordomudo, se le nombrará...
- Artículo 20. Los jueces, magistrados y los agentes del Ministerio Público tienen el deber...
- Artículo 21. Las fianzas que deban otorgarse ante los juzgados, tribunal o el Ministerio...
- Artículo 22. Todos los gastos que se originen de las diligencias de la Policía...
- Artículo 23. Cuando durante el procedimiento judicial se encontrare que el hecho que se...
- Artículo 24. Los tribunales deben dictar de oficio las providencias y trámites necesarios...
- Artículo 25. Toda persona está obligada a comparecer, en el lugar de su domicilio, ante...
- Artículo 26. Las citaciones se harán por cédula o por telégrafo, anotándose en todo caso...
- Artículo 27. La cédula y el telegrama contendrán: I. La designación de la autoridad...
- Artículo 28. La cédula de citación se hará por duplicado.
- Artículo 29. Cuando la citación se haga por telégrafo, se enviará a la oficina que haya...
- Artículo 30. La citación por cédula se entregará por conducto de la policía, o los...
- Artículo 31. Si la persona con quien se entienda la citación por cédula manifestare que...
- Artículo 32. La citación a los militares y empleados oficiales, o particulares en alguna...
- Artículo 33. Cuando se ignorare la residencia de la persona que deba ser citada, se...
- Artículo 34. Cuando, durante la celebración de una audiencia, se encuentren presentes...
- Artículo 35. Si fuere necesario recabar informes o declaraciones de un alto funcionario...
- Artículo 36. Las diligencias que deba practicar el Ministerio Público fuera del lugar en...
- Artículo 37. Cuando tengan que practicarse diligencias judiciales fuera del territorio...
- Artículo 38. Cuando el juez de primera instancia requerido no pudiere practicar por sí...
- Artículo 39. Los exhortos, requisitorias, oficios de colaboración y oficios simples,...
- Artículo 40. En casos urgentes, para diligencias de averiguación previa por el Ministerio...
- Artículo 41. El exhorto que se expida para la aprehensión del inculpado, cuando proceda...
- Artículo 42. En los casos del artículo anterior, lograda la aprehensión, se pondrá al...
- Artículo 43. Los exhortos, requisitorias, oficios de colaboración, y oficios simples, que...
- Artículo 44. Si el juez requerido estimare que no debe cumplimentar el exhorto, por...
- Artículo 45. Se dará entera fe y crédito a los exhortos, requisitorias, oficios de...
- Artículo 46. La resolución dictada por el juez requerido para practicar las diligencias...
- Artículo 47. En los comunicados que se libren para la aprehensión de un inculpado, a...
- Artículo 48. Los términos son improrrogables y empezarán a correr al día siguiente al de...
- Artículo 49. Los términos se contarán por días naturales, excepto los que se refieren a...
- Artículo 50. Las audiencias serán públicas y en ellas el procesado podrá defenderse por...
- Artículo 51. En las audiencias a que se refieren los artículos 292 y 305, si el defensor...
- Artículo 52. Durante la audiencia, el procesado podrá comunicarse con sus defensores,...
- Artículo 53. Si el procesado altera el orden en una audiencia, se le apercibirá de que,...
- Artículo 54. En las audiencias la policía estará a cargo del funcionario que...
- Artículo 55. Los jueces , magistrados y agentes del Ministerio Público tienen la...
- Artículo 56. Las correcciones disciplinarias previstas en las fracciones I, II y III del...
- Artículo 57. Contra cualquiera providencia en que se imponga alguna corrección...
- Artículo 58. Los agentes del ministerio público, jueces y el tribunal podrán emplear,...
- Artículo 59. Las notificaciones se harán a más tardar el día siguiente del que se dicten...
- Artículo 60. Las resoluciones contra las cuales procedan los recursos de revocación o de...
- Artículo 61. No será necesaria la notificación personal al inculpado, cuando éste haya...
- Artículo 62. Los funcionarios a quienes corresponda hacer las notificaciones que no sean...
- Artículo 63. Las personas que tengan interés legal en un proceso designarán, en la...
- Artículo 64. Las notificaciones personales se harán en el juzgado, en el tribunal, o en...
- Artículo 65. En las notificaciones personales se asentará la fecha y la hora en que se...
- Artículo 66. Si se probare que no se hizo una notificación decretada, o que se realizó en...
- Artículo 67. Si una notificación no se hizo en la forma que este código previene y, a...
- Artículo 68. Las notificaciones hechas contra lo dispuesto en este capítulo serán nulas,...
- Artículo 69. Cuando cambiare el personal de un juzgado, no se proveerá auto especial para...
- Artículo 70. Las resoluciones judiciales son: Sentencias, si terminan la instancia con...
- Artículo 71. Las sentencias expresarán: I. El lugar en que se pronuncien; II....
- Artículo 72. Con excepción de los de mero trámite, los autos contendrán una breve...
- Artículo 73. Los autos que contengan resoluciones de mero trámite deberán dictarse dentro...
- Artículo 74. Las resoluciones judiciales se dictarán por los respectivos magistrados del...
- Artículo 75. La validez de las sentencias y de los autos dictados por el Supremo Tribunal...
- Artículo 76. Cuando alguno de los componentes del tribunal o sala no estuviese conforme...
- Artículo 77. No se podrán modificar ni variar las sentencias después de firmadas, sin...
- Artículo 78. Las resoluciones judiciales no se tendrán por consentidas, sino cuando...
- Artículo 79. Si durante las diligencias de averiguación previa, de la policía...
- Artículo 80. El cateo se practicará por el juez que lo ordene o por el secretario o...
- Artículo 81. Para expedir una orden de cateo, satisfechos los requisitos...
- Artículo 82. El cateo se practicará entre las seis y las dieciocho horas; pero podrá...
- Artículo 83. No será necesaria la orden previa para que la policía pueda entrar a las...
- Artículo 84. Si al practicarse un cateo se descubriere un delito distinto del que lo haya...
- Artículo 85. El cateo en el despacho oficial de un funcionario público requerirá adoptar...
- Artículo 86. Al practicarse un cateo se asegurarán los instrumentos y objetos del delito;...
- Artículo 87. Si el inculpado estuviere presente, se le mostrarán los objetos recogidos...
- Artículo 87 bis. Al concluir la diligencia de cateo, se levantará acta circunstanciada, en...
- Artículo 88. Toda persona que tenga conocimiento de la comisión de un delito está...
- Artículo 89. Las denuncias y las querellas pueden formularse verbalmente o por escrito,...
- Artículo 90. Es necesaria la querella del ofendido, solamente en los casos en que así lo...
- Artículo 91. Cuando se presente la querella o la denuncia por escrito, deberá ser...
- Artículo 92. El funcionario del Ministerio Público o de la Policía Investigadora que...
- Artículo 93. Inmediatamente que el Ministerio Público, o el servidor público encargado de...
- Artículo 93 bis. Tratándose de delitos de violencia contra las mujeres, violencia...
- Artículo 93 ter. La preservación de los indicios, huellas o vestigios del hecho delictuoso,...
- Artículo 93 quater. El Ministerio Público y sus auxiliares responsables, para preservar los...
- Artículo 94. En el caso del artículo anterior, se levantará una acta, en la que se...
- Artículo 95. Cuando una autoridad auxiliar del Ministerio Público practique con ese...
- Artículo 96. Cuando se presentare ante la autoridad que hubiese iniciado una...
- Artículo 97. Los agentes del Ministerio Público que practiquen diligencias de...
- Artículo 98. Cuando se determine la internación de alguna persona en un hospital u otro...
- Artículo 99. Si en el curso de las diligencias de una averiguación previa, apareciere que...
- Artículo 100. Si de las diligencias practicadas no resultan elementos bastantes para hacer...
- Artículo 101. En la práctica de las diligencias del Ministerio Público y de la policía...
- Artículo 102. Cuando en vista de la averiguación previa, el agente del Ministerio Público...
- Artículo 102 bis. Cuando con motivo de la averiguación previa el Ministerio Público estime...
- Artículo 103. Si en la averiguación previa transcurre más de un año sin elementos...
- Artículo 104. Inmediatamente que el Ministerio Público constate que en la averiguación...
- Artículo 104 bis. El Ministerio Público estará facultado para llevar a cabo el desglose en...
- Artículo 105. Al recibir el Ministerio Público detenidos, verificará si la captura se...
- Artículo 106. En las averiguaciones previas que se practiquen por delitos culposos, o con...
- Artículo 106 bis. Se deroga
- Artículo 107. En las averiguaciones previas que se practiquen por delitos no considerados...
- Artículo 108. El ejercicio de la acción penal corresponde al Ministerio Público; por...
- Artículo 109. El Ministerio Público no ejercitará la acción penal: I. Cuando de los...
- Artículo 110. El Ministerio Público sólo puede desistir de la acción...
- Artículo 111. Para que el desistimiento de la acción penal produzca el efecto señalado en...
- Artículo 112. Cuando en las diligencias de averiguación previa con detenido, aparezca...
- Artículo 113. Las resoluciones en que se decida el no ejercicio de la acción penal o el...
- Artículo 114. La conformidad del Ministerio Público con la libertad por falta de elementos...
- Artículo 115. En todo proceso del orden penal, la víctima o el ofendido tendrán las...
- Artículo 116. El Ministerio Público deberá durante la averiguación previa, acreditar el...
- Artículo 117. Cuando se trate de lesiones externas, se tendrá por acreditado el cuerpo del...
- Artículo 118. En el caso de lesiones internas, se tendrá por acreditado el cuerpo del...
- Artículo 119. Si se trata de homicidio, el cuerpo del delito se tendrá por acreditado con...
- Artículo 119 bis. Cuando se trate de feminicidio, además de la descripción que hará el que...
- Artículo 120. Si el cadáver estuviere ya inhumado y por los datos del proceso se estimare...
- Artículo 121. En los casos de aborto o de infanticidio, el cuerpo del delito se tendrá por...
- Artículo 122. En los casos de robo, el cuerpo del delito podrá acreditarse siempre que no...
- Artículo 122 bis. Para averiguar la preexistencia de las cosas robadas, debe el juez prevenir...
- Artículo 122 ter. En los casos que proceda, cuando el Ministerio Público tenga conocimiento...
- Artículo 123. Se tendrá por acreditado el cuerpo del delito de robo equiparado, a que se...
- Artículo 124. Cuando, tratándose del delito de ataques a las vías de comunicación, no...
- Artículo 125. En los casos de los delitos de tránsito, obligada e inmediatamente se...
- Artículo 126. El cuerpo del delito de abigeato se probará en la misma forma que el de...
- Artículo 127. Tratándose de abuso sexual infantil y violación, se cuidará de averiguar y...
- Artículo 127 bis. En los supuestos de violencia intrafamiliar se acreditará el cuerpo del...
- Artículo 128. En caso de falsedad o de falsificación se hará una minuciosa descripción del...
- Artículo 129. En todos los delitos en que se cause un daño, se ponga en peligro a las...
- Artículo 130. En los casos de daños por incendio se recabará dictamen pericial respecto...
- Artículo 131. En todos aquellos delitos en que se requieran conocimientos especiales para...
- Artículo 131 bis. El Ministerio Público deberá informar oportunamente al Ministerio Público de...
- Artículo 131 ter. Cuando se trate de los casos previstos en el segundo párrafo del artículo...
- Artículo 131 quater. Si de las constancias del procedimiento se advierte la incompetencia de las...
- Artículo 131 quiquies. El Ministerio Público o la autoridad judicial del conocimiento, tan pronto...
- Artículo 132. Para el acreditamiento del cuerpo del delito, el Ministerio Público, los...
- Artículo 133. Los instrumentos del delito y las cosas objeto o efecto de él, así como...
- Artículo 133 bis. La investigación pericial, ministerial y policial del delito de feminicidio,...
- Artículo 133 ter. En los casos de presuntos feminicidios, deberá conservarse un registro...
- Artículo 134. Las cosas aseguradas conforme al artículo anterior deberán inventariarse,...
- Artículo 135. Siempre que sea necesario tener a la vista algunas de las cosas a que se...
- Artículo 136. Los cadáveres deberán ser siempre identificados por cualquier medio legal de...
- Artículo 137. Los cadáveres, previa una minuciosa inspección y descripción hecha por el...
- Artículo 138. En los casos de envenenamiento, se recogerán cuidadosamente las vasijas y...
- Artículo 139. Si el delito fuere de falsificación de documentos, además de la minuciosa...
- Artículo 140. La atención médica de quienes hayan sufrido lesiones provenientes o que...
- Artículo 141. En el caso de la segunda parte del artículo anterior, el médico tiene la...
- Artículo 142. La responsiva a que se refiere el artículo 140, impone al médico que la...
- Artículo 143. Los certificados de sanidad expedidos por médicos particulares estarán...
- Artículo 144. Cuando un lesionado necesite pronta curación, cualquier persona puede...
- Artículo 145. El Ministerio Público está obligado a proceder a la detención de los que...
- Artículo 146. Para los efectos de la fracción I del artículo anterior, se entenderá que el...
- Artículo 147. La resolución del Ministerio Público, en la que se ordene el aseguramiento...
- Artículo 148. Derogado
- Artículo 149. Los funcionarios o empleados de la procuración, administración de justicia,...
- Artículo 150. Si por datos posteriores, el Ministerio Público estimare que ya no es...
- Artículo 151. Cuando se ejecute una orden de aprehensión contra persona que maneje fondos...
- Artículo 152. Al ser aprehendido un empleado o funcionario público se comunicará la...
- Artículo 153. Cuando deba aprehenderse a un empleado oficial o a un particular que, en ese...
- Artículo 154. Los jueces de primera instancia y los agentes del Ministerio Público no...
- Artículo 155. En los casos en que el delito esté sancionado con pena no corporal o...
- Artículo 155 bis. Cuando por la naturaleza del delito o de la pena aplicable, el inculpado no...
- Artículo 156. Tan luego como el juez reciba las diligencias de averiguación previa que le...
- Artículo 157. Tratándose de consignaciones sin detenido, el Tribunal ante el cual se...
- Artículo 157 bis. Siempre que se realice una aprehensión en cumplimiento de orden judicial, el...
- Artículo 158. Las diligencias de averiguación previa y las practicadas por los jueces...
- Artículo 159. Cuando haya temor fundado de que el inculpado oculte o enajene los bienes en...
- Artículo 160. Dentro de las cuarenta y ocho horas contadas desde el momento en que el...
- Artículo 161. La declaración preparatoria se recibirá en un local al que tenga acceso el...
- Artículo 162. La declaración preparatoria comenzará asentando las generales del indiciado,...
- Artículo 163. No se podrá recibir la declaración al inculpado sin la asistencia de su...
- Artículo 164. No pueden ser defensores los que se hallen presos ni los que estén...
- Artículo 165. El juez interrogará al inculpado sobre su participación en los hechos...
- Artículo 166. El auto de formal prisión se dictará dentro de las setenta y dos horas o de...
- Artículo 167. Cuando el delito cuya existencia se haya comprobado no merezca pena...
- Artículo 168. El auto de formal prisión y el de sujeción a proceso producen los efectos...
- Artículo 169. Los autos a que se refieren los dos artículos anteriores deberán expresar...
- Artículo 170. El auto de formal prisión se notificará personalmente al procesado y a su...
- Artículo 171. Dictado el auto de formal prisión o el de sujeción a proceso, se...
- Artículo 171 bis. Se procederá a la cancelación del documento de identificación administrativa...
- Artículo 172. El auto de formal prisión no revoca la libertad provisional concedida,...
- Artículo 173. Si dentro del término constitucional no se reúnen los requisitos necesarios...
- Artículo 174. En el auto de formal prisión o, en su caso, en el de sujeción a proceso, el...
- Artículo 175. El juez que conozca del proceso practicará, sin demora, todas las...
- Artículo 176. Para conocer la verdad de los hechos, el juzgador puede valerse de cualquier...
- Artículo 177. El Ministerio Público debe probar los hechos en que se funde su pretensión...
- Artículo 178. Toda presunción legal admite prueba en contrario.
- Artículo 179. La existencia de los hechos notorios puede ser invocada por el juez o...
- Artículo 180. La edad del inculpado se probará con el acta de nacimiento o, a falta de...
- Artículo 181. Los jueces señalarán día y hora para el desahogo de los medios de prueba que...
- Artículo 182. Será juzgado antes de cuatro meses si se trata de delitos cuya pena máxima...
- Artículo 183. Concluido o renunciado el plazo de la instrucción, el juez requerirá a las...
- Artículo 184. Salvo determinación expresa debidamente motivada, las diligencias de prueba...
- Artículo 185. El juez a petición del procesado, practicará el careo con los que hubiesen...
- Artículo 186. Las diligencias de prueba serán desahogadas con la asistencia de las partes,...
- Artículo 187. Si durante el desahogo de alguna probanza, resulta indicada la práctica de...
- Artículo 188. Si los testigos o peritos no asisten a las diligencias a que fueron citados,...
- Artículo 189. Concluido el desahogo de todas las probanzas, el juez declarará cerrada la...
- Artículo 190. Las partes podrán desistir del desahogo de las diligencias de prueba que...
- Artículo 191. Las diligencias de prueba desahogadas sin conocimiento del procesado y su...
- Artículo 192. Se admitirá como prueba todo aquello que se ofrezca como tal, siempre que...
- Artículo 193. La confesión es el reconocimiento de un hecho que perjudica al que la...
- Artículo 194. La confesión deberá reunir los requisitos siguientes: I. Que sea hecha...
- Artículo 195. El testimonio es la referencia de un hecho apreciado por medio de los...
- Artículo 196. El juez no podrá dejar de examinar, durante la instrucción, a los testigos...
- Artículo 197. Se exceptúan de la obligación impuesta por el artículo 195. I. Al...
- Artículo 198. El testimonio podrá recibirse en la oficina de la autoridad que practique la...
- Artículo 199. Cuando haya que examinar a los altos funcionarios de la federación o del...
- Artículo 200. Los testigos serán examinados por separado y sólo las partes podrán...
- Artículo 201. Antes de que los testigos comiencen a declarar, se les instruirá de las...
- Artículo 202. Después de tomarle la protesta de decir verdad, se preguntará al testigo su...
- Artículo 203. Los testigos declararán de viva voz, sin que se les permita leer respuestas...
- Artículo 204. El Ministerio Público y la defensa tendrán el derecho de interrogar al...
- Artículo 205. Las declaraciones se redactarán con claridad y usando, hasta donde sea...
- Artículo 206. Si la declaración se refiere a algún objeto puesto en depósito, después de...
- Artículo 207. Si la declaración es relativa a un hecho que hubiese dejado vestigios en...
- Artículo 208. Siempre que se examine a una persona cuya declaración sea sospechosa de...
- Artículo 209. Concluida la diligencia se leerá al testigo su declaración o la leerá él...
- Artículo 210. Cuando hubiere de ausentarse del lugar en que se practiquen las diligencias...
- Artículo 211. El careo es la diligencia entre dos personas que sostienen versiones...
- Artículo 212. El careo solamente se practicará entre dos personas y no intervendrán en la...
- Artículo 213. Nunca se hará constar en una diligencia más de un careo y el funcionario que...
- Artículo 214. Cuando, por cualquier motivo, no pudiere obtenerse la comparecencia de...
- Artículo 215. Si los que deban carearse estuviesen fuera de la jurisdicción del Juzgado,...
- Artículo 216. Cuando el que declare no pueda dar noticia exacta de la persona a quien se...
- Artículo 217. Al practicar la confrontación se cuidará de que: I. La persona que sea...
- Artículo 218. En la diligencia de confrontación se procederá colocando en fila a la...
- Artículo 219. Cuando la pluralidad de indiciados amerite varias confrontaciones, éstas se...
- Artículo 220. Siempre que para el examen de personas, hechos u objetos, se requieran...
- Artículo 221. Los peritos que dictaminen serán dos o más, pero bastará uno cuando...
- Artículo 222. Cada parte tendrá derecho a nombrar hasta dos peritos, a quienes el juez o...
- Artículo 223. Los peritos deberán tener título registrado, en la ciencia o arte que...
- Artículo 224. También podrán ser nombrados peritos prácticos cuando no hubiese titulados...
- Artículo 225. La designación de peritos hecha por el juez, tribunal, o por el Ministerio...
- Artículo 226. Los peritos que acepten el cargo, con excepción de los oficiales titulares,...
- Artículo 227. El funcionario que practique las diligencias fijará a los peritos el tiempo...
- Artículo 228. Cuando se trate de una lesión proveniente del delito y el lesionado se...
- Artículo 229. La necropsia, de las personas que fallecen en un hospital público a...
- Artículo 230. Fuera de los casos previstos en los dos artículos anteriores, el...
- Artículo 231. Cuando el funcionario que practique las diligencias lo juzgue conveniente,...
- Artículo 232. El funcionario que practique las diligencias podrá hacer a los peritos, por...
- Artículo 233. Los peritos podrán emplear todos lo métodos vinculados con la ciencia o arte...
- Artículo 234. Los peritos emitirán su dictamen por escrito y lo ratificarán en diligencia...
- Artículo 235. Cuando las opiniones de los peritos discordaren, el funcionario que...
- Artículo 236. Cuando el peritaje recaiga sobre objetos que se consuman al ser analizados,...
- Artículo 237. Cuando se niegue o ponga en duda la autenticidad de un documento, podrá...
- Artículo 238. Si el delito fuere de aquéllos que pueden dejar huellas materiales, de...
- Artículo 239. Para la descripción de lo inspeccionado se emplearán, según el caso,...
- Artículo 240. Al practicar una inspección ocular, deberá examinarse a las personas...
- Artículo 241. El funcionario encargado de practicar una inspección ocular podrá hacerse...
- Artículo 242. En el caso de lesiones, al sanar el lesionado, se procurará hacer la...
- Artículo 243. En los delitos sexuales y en el aborto, podrá concurrir al reconocimiento...
- Artículo 244. Siempre que el funcionario del Ministerio Público o la autoridad judicial,...
- Artículo 245. La reconstrucción deberá practicarse, precisamente, a la hora y en el lugar...
- Artículo 246. No se practicará la reconstrucción antes de que hayan sido examinadas las...
- Artículo 247. Cuando alguna de las partes solicite la reconstrucción, deberá precisar...
- Artículo 248. En la reconstrucción estarán presentes, si fuere posible, todos los que...
- Artículo 249. Para practicar la reconstrucción se leerán las determinaciones de los que...
- Artículo 250. Los documentos que durante el procedimiento presenten las partes y cualquier...
- Artículo 251. Siempre que alguna de las partes pidiese copias o testimonios de algún...
- Artículo 252. Los documentos existentes fuera de la jurisdicción del Juzgado o tribunal en...
- Artículo 253. Los documentos privados y la correspondencia procedentes de uno de los...
- Artículo 254. Cuando el Ministerio Público estime que puedan encontrarse pruebas del...
- Artículo 255. El juez podrá ordenar a cualquier oficina telegráfica que le remita copias...
- Artículo 256. El auto motivado que se dicte en los casos de los dos artículos que...
- Artículo 257. Cuando el funcionario del Ministerio Público que practique la investigación...
- Artículo 258. Todas las oficinas públicas, estatales y municipales, así como las...
- Artículo 259. Los documentos redactados en idioma extranjero se presentarán originales,...
- Artículo 259 bis. Al aprobar o solicitar una prueba genética, el juez deberá precisar los...
- Artículo 260. Indicio es el hecho o dato cierto relacionado con los elementos...
- Artículo 261. Presunción es la consecuencia lógica de un hecho cierto, que supone la de...
- Artículo 262. Tanto el Ministerio Público como los jueces y el tribunal, se sujetarán a...
- Artículo 263. La confesión hará prueba plena cuando, siendo verosímil, no esté desvirtuada...
- Artículo 264. El valor de la prueba testimonial queda a criterio del juez o tribunal,...
- Artículo 265. El testimonio singular tiene valor indiciario.
- Artículo 266. El dicho del ofendido tendrá valor indiciario, cuando substancialmente lo...
- Artículo 267. Cuando en una misma causa hubiese dos o más declaraciones diversas de la...
- Artículo 268. Los Jueces y el Tribunal apreciarán los dictámenes periciales, aún los de...
- Artículo 269. La inspección, así como el resultado de los cateos, harán prueba plena,...
- Artículo 270. La reconstrucción de hechos tendrá valor probatorio pleno, siempre que los...
- Artículo 271. Los documentos públicos harán prueba plena, salvo el derecho de las partes...
- Artículo 272. Son documentos públicos los que expidan los funcionarios públicos en...
- Artículo 273. Para que se reputen auténticos los documentos públicos procedentes del...
- Artículo 274. Los documentos privados sólo tendrán valor indiciario.
- Artículo 275. Siempre que en el proceso no exista prueba directa, por alguno de los medios...
- Artículo 276. Las pruebas contradictorias, ya en lo esencial, ya en lo accidental, que...
- Artículo 277. Los jueces y el tribunal expondrán en sus resoluciones los razonamientos que...
- Artículo 278. Todo proceso se seguirá forzosamente por el delito o delitos señalados en el...
- Artículo 279. Para los fines precisados en el artículo que antecede, el juez recabará los...
- Artículo 280. El perdón o el desistimiento del querellante producirá efecto procesal...
- Artículo 281. Cerrada la instrucción, se correrá traslado del proceso al Ministerio...
- Artículo 282. Cuando en un asunto penal sea necesario comprobar un derecho civil, se hará...
- Artículo 283. El Ministerio Público, al formular sus conclusiones, hará una exposición...
- Artículo 284. Si el Ministerio Público estima en sus conclusiones que ha lugar a acusar,...
- Artículo 285. El Ministerio Público, al formular sus conclusiones acusatorias y sin variar...
- Artículo 286. Si las conclusiones fueren de no acusación o contrarias a las constancias...
- Artículo 287. Transcurrido el término de cinco días, que establece el artículo 281, sin...
- Artículo 288. Presentadas las conclusiones acusatorias del Ministerio Público o del...
- Artículo 289. Al correr traslado al reo y su defensor de las conclusiones, se les llamará...
- Artículo 290. Si al concluir el término concedido al acusado y a su defensor, éstos no...
- Artículo 291. Las conclusiones definitivas del Ministerio Público sólo pueden modificarse...
- Artículo 292. Al día siguiente de que el inculpado o su defensor presenten sus...
- Artículo 293. En la propia audiencia, el juez declarará vista la causa y dictará sentencia...
- Artículo 294. El juez podrá en su sentencia diferir de grado en relación al delito que...
- Artículo 295. En toda sentencia condenatoria, por delito doloso, el juzgado o tribunal que...
- Artículo 296. La ejecución de las sentencias irrevocables en materia penal corresponde al...
- Artículo 297. La aclaración de sentencia procede sólo una vez y, únicamente, respecto de...
- Artículo 298. La aclaración puede pedirla cualquiera de la partes, ante el juez o tribunal...
- Artículo 299. El juez o tribunal resolverán, dentro de tres días, si es de aclararse la...
- Artículo 300. Cuando el juez o tribunal que dictó la sentencia estime que debe aclarar un...
- Artículo 301. La aclaración no variará el sentido de la sentencia en cuanto al fondo del...
- Artículo 302. La resolución que aclare o niegue aclarar una sentencia no admite recurso...
- Artículo 303. La aclaración propuesta interrumpe el término legal para apelar la...
- Artículo 304. Son irrevocables y causan ejecutoria: I. Las sentencias que, por...
- Artículo 304 bis. Declarada ejecutoriada la sentencia, para el pago de la reparación del daño...
- Artículo 305. El procedimiento en los juzgados menores será el mismo que en los juzgados...
- Artículo 306. Cuando se trate de asuntos de la competencia de un juzgado de paz, la...
- Artículo 307. Los jueces menores y los de paz, en sus respectivas jurisdicciones, deberán...
- Artículo 307 bis. Se seguirá de oficio procedimiento sumario, cuando se trate de delito...
- Artículo 307 ter. En los juicios consignados, con motivo de la comisión de delitos no graves,...
- Artículo 308. El sobreseimiento procederá en los casos siguientes: I. Cuando el...
- Artículo 309. En los casos de las fracciones I, II, III y IX del artículo anterior, el...
- Artículo 310. El sobreseimiento total de un proceso motiva la libertad absoluta del...
- Artículo 311. Si son varios los procesados o los delitos, el sobreseimiento se decretará...
- Artículo 312. No podrá dictarse auto de sobreseimiento después de formuladas las...
- Artículo 313. El sobreseimiento impide definitivamente la apertura de un nuevo proceso...
- Artículo 314. Solamente los autos contra los cuales no conceda este código el recurso de...
- Artículo 315. El recurso debe ser interpuesto en el acto de la notificación o dentro de...
- Artículo 316. El recurso de apelación tiene por objeto examinar si en la resolución...
- Artículo 317. La segunda instancia solamente se abrirá a petición de parte legítima, para...
- Artículo 318. Si el Ministerio Público fuere el apelante y no formulare agravios en las...
- Artículo 319. Tienen derecho de apelar al Ministerio Público, el inculpado y los...
- Artículo 320. Son apelables, en ambos efectos, solamente las sentencias de primera...
- Artículo 321. Son apelables, en el efecto devolutivo: I. Las sentencias de primera...
- Artículo 322. La apelación podrá interponerse en el acto de la notificación, por escrito o...
- Artículo 323. Al notificar al acusado la sentencia definitiva de primera instancia, se le...
- Artículo 324. Interpuesto el recurso, dentro del término de cinco días, se remitirá al...
- Artículo 325. Recibido el proceso en el tribunal de alzada, independientemente de la parte...
- Artículo 326. Si dentro del término de cinco días a que se refiere el artículo anterior,...
- Artículo 327. El día señalado para la vista, la audiencia principiará con la relación del...
- Artículo 328. Si solamente hubiese apelado el procesado o su defensor, no se podrá...
- Artículo 329. Con motivo de la apelación podrá ordenarse la reposición del procedimiento....
- Artículo 330. No obstante lo dispuesto en el artículo anterior, si el tribunal de...
- Artículo 331. Habrá lugar a la reposición del procedimiento por alguna de las causas...
- Artículo 332. Notificado el fallo a las partes se remitirá desde luego la ejecutoria al...
- Artículo 333. Siempre que el tribunal de apelación encuentre que se retardó indebidamente...
- Artículo 334. Cuando el tribunal de apelación notare que el defensor de oficio faltó a sus...
- Artículo 335. El recurso de denegada apelación procede cuando ésta se hubiese negado, aun...
- Artículo 336. Este recurso se interpondrá por escrito dentro de los tres días siguientes...
- Artículo 337. La sala que debiera conocer de la apelación citará para sentencia en cuanto...
- Artículo 338. Si se declara admisible la apelación, el juez dictará la resolución...
- Artículo 339. La inobservancia de las disposiciones de este código, referentes a términos...
- Artículo 340. Interpuesta la queja, el superior pedirá informe, con copia del escrito...
- Artículo 341. Cualquiera de las partes pueden formular queja ante el juez del...
- Artículo 342. Inmediatamente que lo solicite el inculpado, el juez deberá otorgarle la...
- Artículo 343. Para la concesión de la libertad provisional, se atenderá, según el caso, al...
- Artículo 344. La solicitud de libertad provisional bajo caución será acordada...
- Artículo 345. Si se negare la libertad caucional podrá solicitarse de nuevo y concederse...
- Artículo 346. El monto y la forma de caución que se fijen deberán ser asequibles para el...
- Artículo 347. La naturaleza de la caución quedará a elección del inculpado, quien al...
- Artículo 348. La caución consistente en depósito en efectivo se hará por el inculpado o...
- Artículo 349. Cuando la garantía consista en hipoteca, si el inmueble reporta algún...
- Artículo 350. La fianza personal solamente podrá admitirse, cuando el monto de la caución...
- Artículo 351. Cuando la fianza sea por cantidad mayor a la que resulte de la establecida...
- Artículo 352. El fiador, excepto cuando se trate de una institución de crédito, declarará...
- Artículo 353. Al notificar al inculpado el auto que le conceda la libertad caucional, se...
- Artículo 354. Cuando el inculpado haya garantizado por sí mismo su libertad, con depósito...
- Artículo 355. Cuando un tercero haya garantizado la libertad del inculpado por medio de...
- Artículo 356. En los casos de las fracciones I y VII del artículo 354 de este Código ,...
- Artículo 357. Cuando la caución hubiese sido constituida personalmente por el inculpado,...
- Artículo 358. Cuando un tercero haya constituido depósito, fianza o hipoteca, para...
- Artículo 359. El juez o tribunal ordenará la devolución del depósito o mandará cancelar la...
- Artículo 360. Lo previsto en este capítulo, será aplicable en lo conducente a la libertad...
- Artículo 361. En los casos del primer párrafo del artículo 356 y de la última parte del...
- Artículo 362. El Ministerio Público o el juez concederá al inculpado la libertad, sin...
- Artículo 363. Será igualmente puesto en libertad bajo protesta el inculpado, sin los...
- Artículo 364. La libertad bajo protesta se substanciará en la forma establecida para los...
- Artículo 365. La libertad bajo protesta se revocará en los casos siguientes: I....
- Artículo 366. La libertad por desvanecimiento de datos procede en los siguientes casos:...
- Artículo 367. Para substanciar el incidente respectivo, hecha la petición por alguna de...
- Artículo 368. La solicitud o la conformidad del Ministerio Público, para que se conceda la...
- Artículo 369. La resolución que conceda la libertad de que trata este capítulo tendrá los...
- Artículo 370. Las cuestiones de competencia pueden iniciarse por declinatoria o por...
- Artículo 371. La declinatoria se intentará por cualquier parte ante el juez que conozca...
- Artículo 372. La declinatoria podrá promoverse en cualquier estado del procedimiento...
- Artículo 373. Propuesta la declinatoria, el juez mandará dar vista de la solicitud a la...
- Artículo 374. La declinatoria puede iniciarse y sostenerse de oficio por los jueces...
- Artículo 375. La competencia por declinatoria no podrá resolverse antes de practicar las...
- Artículo 376. El juez que reciba las actuaciones que le remita el que se hubiese declarado...
- Artículo 377. La inhibitoria se intentará en cualquier etapa del proceso ante el juzgado a...
- Artículo 378. El que promueva la inhibitoria puede desistir de ella, antes de que sea...
- Artículo 379. El juez mandará dar vista a la otra parte, si la hubiere, por el término de...
- Artículo 380. Luego que el juez requerido reciba la inhibitoria, mandará dar vista de la...
- Artículo 381. El tribunal de competencia, en los casos de los artículos 376 y 380 de este...
- Artículo 382. En los conflictos de competencia entre jueces del Estado de Jalisco y los de...
- Artículo 383. En los procesos con reo presente o libre provisionalmente bajo caución, se...
- Artículo 384. En todas las controversias de competencia, será oído el Ministerio...
- Artículo 385. Los magistrados, los jueces, los agentes del Ministerio Público, los...
- Artículo 386. Son impedimentos: I. Tener el funcionario o su esposa parentesco con...
- Artículo 387. Las causas de impedimento no pueden dispensarse por voluntad de las...
- Artículo 388. La calificación de los impedimentos y recusaciones, corresponde: I. Al...
- Artículo 389. El funcionario que se considere impedido, por cualquiera de las causas que...
- Artículo 390. El impedimento será calificado en vista de la manifestación que previene el...
- Artículo 391. Cuando un funcionario no se excuse, a pesar de tener algún impedimento,...
- Artículo 392. La recusación se propondrá por escrito ante el mismo funcionario a que se...
- Artículo 393. Si después de la citación para sentencia, o para la vista, hubiere cambiado...
- Artículo 394. Toda recusación que no fuere promovida en tiempo y forma será desechada de...
- Artículo 395. Si el funcionario recusado estima que no es cierta la causa alegada,...
- Artículo 396. Interpuesta la recusación, dentro de las veinticuatro horas siguientes, el...
- Artículo 397. Dentro de tres días, contados desde el siguiente del que se reciban los...
- Artículo 398. Si se considera que la causa aducida por el recusante está ya justificada, o...
- Artículo 399. Siempre que la recusación no prospere, se impondrá al recusante una multa de...
- Artículo 400. No procede la recusación: I. Al cumplimentar exhortos; II. En los...
- Artículo 401. Las excusas o recusaciones de los secretarios, actuarios o defensores de...
- Artículo 402. En toda recusación se oirá al Ministerio Público. Las excusas y recusaciones...
- Artículo 403. Derogado
- Artículo 404. Iniciado el procedimiento judicial, no podrá suspenderse, sino en los casos...
- Artículo 405. Lo dispuesto en la fracción I del artículo anterior se entiende sin...
- Artículo 406. Lograda la captura del prófugo, el proceso reanudará su curso, sin que se...
- Artículo 407. Cuando se haya decretado la suspensión del procedimiento, en los casos a que...
- Artículo 408. El juez resolverá de plano sobre la suspensión del procedimiento, con la...
- Artículo 409. La acumulación tendrá lugar: I. En los procesos que se...
- Artículo 410. Los delitos son conexos: I. Cuando han sido cometidos por varias...
- Artículo 411. La acumulación no podrá decretarse en los procesos, después de cerrada la...
- Artículo 412. Cuando alguno de los procesos ya no estuviese en el estado de instrucción,...
- Artículo 413. Si los procesos se siguen en el mismo juzgado, la acumulación podrá...
- Artículo 414. Si los procesos se siguen en diversos juzgados, será competente, para...
- Artículo 415. La acumulación deberá promoverse ante el juez que, conforme al artículo...
- Artículo 416. Los incidentes de acumulación se substanciarán por separado, sin suspender...
- Artículo 417. Serán aplicables, en lo conducente, las disposiciones de este capítulo, a...
- Artículo 418. Podrá ordenarse la separación de los autos acumulados, cuando concurran las...
- Artículo 419. Contra el auto en que el juez declare no haber lugar a la separación no...
- Artículo 420. Decretada la separación, conocerá de cada asunto el juez que conocía de él...
- Artículo 421. El incidente sobre separación de autos se substanciará por separado, en la...
- Artículo 422. Cuando varios juzgados conozcan de procesos cuya separación se hubiese...
- Artículo 423. La separación podrá decretarse de oficio, cuando no hubiese habido...
- Artículo 424. La acción para exigir la reparación del daño a personas distintas del...
- Artículo 425. El incidente sobre reparación del daño exigible a terceras personas se...
- Artículo 426. Si el incidente llega al estado de alegar antes de que concluya la...
- Artículo 427. La suspensión del proceso, por estar el inculpado sustraído a la acción de...
- Artículo 428. Las providencias precautorias que pudiere intentar quien tenga derecho a la...
- Artículo 429. Cuando esté plenamente comprobado en autos, el delito de que se trate, el...
- Artículo 430. Las providencias que se dicten conforme a las reglas anteriores, serán...
- Artículo 431. Si la cosa objeto del delito hubiese pasado a poder de tercero, éste será...
- Artículo 432. Tratándose de cosas perecederas o de aquéllas, que por sus propiedades...
- Artículo 433. En todo caso, tanto el agente del Ministerio Público, como el juez, dictarán...
- Artículo 434. En los incidentes cuya tramitación no se detalle en este código que, a...
- Artículo 435. Las pruebas que se promuevan para acreditar los requisitos que exige el...
- Artículo 436. Al dictar la sentencia de primera instancia, el juez concederá de oficio la...
- Artículo 437. Cuando por alguna de las causas que señala el artículo 71 del Código Penal,...
- Artículo 438. La rehabilitación de los derechos de familia, civiles o políticos, no...
- Artículo 439. El inculpado al que le decreten auto de libertad que no haya sido impugnado...
- Artículo 440. Derogado
- Artículo 441. Derogado
- Artículo 442. Derogado
- Artículo 443. Para otorgar el indulto, previsto en el párrafo segundo del artículo 74 del...
- Artículo 444. El sentenciado que se crea con derecho al reconocimiento de inocencia...
- Artículo 445. Recibida y turnada la solicitud, la sala del Supremo Tribunal de Justicia...
- Artículo 446. El día fijado para la vista, dada cuenta por el secretario, se recibirán las...
- Artículo 447. A los cinco días de celebrada la vista, la sala declarará si está o no...
- Artículo 448. Todas las resoluciones en que se decrete el indulto del sentenciado o se...
- Artículo 449. Con los sordomudos, ciegos de nacimiento o con quienes padezcan ceguera...
- Artículo 450. Cuando, durante las diligencia de averiguación previa aparezca que hay...
- Artículo 451. Cuando haya motivo fundado para suponer que un procesado se encuentra...
- Artículo 452. El dictamen psiquiátrico determinará: si el inculpado padece alguna afección...
- Artículo 453. Si el dictamen precisa que el procesado sufre alguna afección...
- Artículo 454. Si se acredita que el estado mental del procesado no le permite darse cuenta...
- Artículo 455. Cuando se compruebe la existencia del hecho delictuoso y que en el mismo...
- Artículo 456. Durante el tiempo de la reclusión el juez proveerá lo conducente para la...
- Artículo 457. Se presumirá imputabilidad disminuida, respecto a las personas que, siendo...
- Artículo 458. En los casos previstos en este capítulo, se practicará, sin excepción...
- Artículo 459. En la aplicación de las sanciones a personas de dieciocho a veinte años, o...
- Artículo 460. El Ejecutivo del Estado, a través de la Dirección General de Prevención y...
Mejores juristas
Alejandro RitchLic. Cuauhtémoc F. Flores R.
Licenciado en Derecho Plutarco Hernandez Haas
Freddy Ruiz
jose
AYUDA no entiendo materia d legislacion fiscal
Ya que lo derogen el articulo 219 del seguro social para beneficio de la humanidad mexicana, de buena fe, de buena gana y de buena voluntad, amen.-
Mi padre murio intestado hace mas de 40 anios. Mi mama si hizo testamento pera tambien ya murio hace 1 anio. Se necesita hacer el juicio de intestado de mi papa?. o solo es valido el de mi mama?
Para que perder tiempo en juicios sucesorio cuando existe controversia alguna, hagalo más fácil, le puedo dar la asesoría que necesita sin costo alguno.
asesoria para divorcio necesario. gracias
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