Código de Procedimientos Penales Artículo 104 Estado de Jalisco
Código de Procedimientos Penales
Artículo 104.
Inmediatamente que el Ministerio Público constate que en la averiguación previa se ha acreditado el cuerpo del delito en los términos del artículo 116 de este ordenamiento y la probable responsabilidad del inculpado, ejercitará la acción penal correspondiente precisando los hechos que la motiven y la solicitud para la emisión de la orden de aprehensión o la de comparecencia del inculpado, ajustándose a los requisitos que exige el artículo 16 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
Si se trata de delitos patrimoniales previstos en el Título Décimo Séptimo del Código Penal para el Estado de Jalisco, el Ministerio Público precisará cual es el monto del beneficio económico obtenido o del daño material causado, así como el salario mínimo general vigente en el área geográfica y época en que éste se cometió.
Estado de Jalisco Artículo 104 Código de Procedimientos Penales
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Las empresas pueden poner a firmar mil actas administrativas, pero esto no tiene peso juridico, en todo caso es un ataque psicologico, para obligar al trabajador a renunciar, no tiene caso negarse a firmar la acta, hay muchas empresas que ven a empleados faltar hasta mas de cuatro dias en un mes, pero si son productivos, no los van a despedir. En todo caso se debe de aprovechar el firmar un acta, para llegar un acuerdo entre el trabajador y su supervisor, de que se puede hacer para mejorar, consiguiendo los objetivos requeridos.
oooooooooooooooo
A la persona que trabaja en el Call Center por ponerse en "No disponible" le dieron un acta. Pregunto: ¿Bajo qué argumento legal se hace ese tipo de actas, la hace recursos humanos, la persona firma una copia?
Por favor. Soy abogada. Vivo en la CDMX. Estoy llevando un juicio de sucesión testamentaria. Requiero revisar las reglas aplicables a la sociedad conyugal, vigentes en el Código Civil para el Estado de Morelos en 1941, que fue el año y Estado en el que se casaron los abuelos de mi cliente, y requiero abrir sucesión testamentaria a bienes de ellos. Por favor, existe ese código en sus bases de datos que puedan compartirme?
qué irresponsable, ojalá si te hayas vacunado lol
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