Código de Procedimientos Penales Artículo 136 Estado de Jalisco
Código de Procedimientos Penales Jalisco
Artículo 136.
Los cadáveres deberán ser siempre identificados por cualquier medio legal de prueba y, si esto no fuere posible, dentro de las doce horas siguientes de la que fueron recogidos, se expondrán al público en el local destinado al efecto, por un plazo de veinticuatro horas, a no ser que, según dictamen médico o prudente apreciación de la autoridad, tal exposición ponga en peligro la salubridad general. Cuando, por cualquier circunstancia, el rostro de los cadáveres se encuentre desfigurado y se haga difícil identificarlo, se hará su reconstrucción, de ser posible.
Si a pesar de haberse tomado las providencias que señala este artículo no se logra la identificación del cadáver, se tomarán fotografías del mismo; un ejemplar se agregará a la averiguación y los otros se pondrán en los lugares públicos, juntamente con todos los datos que puedan servir para que sea reconocido y se exhortará a los que hayan conocido al occiso para que se presenten ante la autoridad exhortante a declarar sobre la identidad de aquél.
Los vestidos se describirán minuciosamente en el expediente y se conservarán en depósito seguro, para que puedan ser mostrados a los testigos de identidad.
Estado de Jalisco Artículo 136 Código de Procedimientos Penales
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Articulo 76 Establece el derecho a vacaciones: mínimo 12 días después del primer año de trabajo, aumentando en dos días cada año hasta llegar a 20
En que articulo dise que los primeros 3 dias no los paga tu patron en caso de enfermedad
si voy a cumplir 3 años cuanto me tocan de dias de vacaciones pagadas
con el articulo 224 del imss entiendo que se puede cotizar con un patron y al mismo tiempo contratar modalidad 10 sin ser realmente trabajador independiente para subir el salario promedio de cotizacion para la cuestion de pension por cesantia en edad avanzada ?
el procedimiento penal est. art .482 de procedencia 49 por constitucion obligado a cumplir como persona obligada de el estado de puebla debieron obligar al sujeto por tener obligaciones qu lo sujetavan a cmplir tanto a la famiia como a soberania y vocacion que se desplegaria de lo estudiado en su escolofon de preparacion del orden primordial a umplir sin omiciones por ser protejidopor leyes nscionales e internacionales como los acurdos conbencionales de pacto san jose pro homine de ambito bilateral por lo que la intelectualidad desmedida y esacta como el tiempo por ser escto presiso y de ser impuesto por las omitivas y frecuentes opociciones de diversos por todo esto el aspecto tendencioso y sorprendente para todos a simple viste o cotejo de los documentos de el estado y municipio donde se delegava poder supremo imperial si llegara a ser nesesario se implementar en ecalafon nesesario fuertemente resguardando el caracter y rspeto alos lineamientos de este ambito de gobierno imperial por los tantos puntos de primera vista arbitrarios e inaseptables peroeficases por la epoca y los sucesos en la sociedad gobierno moral y la integridad individualisada y
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