Código de Procedimientos Penales Artículo 260 Estado de Michoacán
Código de Procedimientos Penales Michoacán
Artículo 260. Conclusión del término probatorio
Concluidos los plazos señalados en el artículo 259 de este Código, o antes si estuviesen reunidos todos los medios de convicción, el juez dará por finalizado el término probatorio y requerirá a las partes y al defensor para que en el plazo de tres días manifiesten si tienen alguna prueba más que ofrecer.
Estado de Michoacán Artículo 260 Código de Procedimientos Penales
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Alejandro Ritch
Lic. Cuauhtémoc F. Flores R.
Freddy Ruiz
Licenciado en Derecho Plutarco Hernandez Haas
jose
Entonces si m retiraron por invalidez enero 16 31 y m dieron la pensiónhasta abril del2021 ya no la puedo meter ni aumento salarial?
Buen día si necesito conocer las leyes que origen el comercio informal ¿a qué código o leyes tengo que dirigir mi atención ?
en el estado el pago del 3% prescriben los pagos despues de los 5 años
Una pregunta si un importador paga honorario del agente aduanal americano (antes de su importación) se debe declarar en pedimento ese gasto no incrementable
como policía puedo denunciar a mi jefe por misogeno y por quererme obligar a que le venda una propiedad, comentando si no acepto tendre muchos problemas.
además de que esto lo uso como pretexto para cambiarme de area.
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