Código de Procedimientos Penales Artículo 288 Estado de Michoacán
Código de Procedimientos Penales
Artículo 288. Formas de los careos
El secretario leerá a los que van a ser careados sus declaraciones, luego el titular del órgano jurisdiccional les manifestará la discrepancia que de ellas resulte, a fin de que discutan entre sí y pueda obtenerse la verdad. El defensor y el Ministerio Público podrán interrogar a los careados en lo conducente a la materia del careo, por conducto del juez, que siempre ordenará se haga constar la actitud asumida por cada uno de los careados.
El juez no permitirá que los careados se insulten o amenacen.
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Las empresas pueden poner a firmar mil actas administrativas, pero esto no tiene peso juridico, en todo caso es un ataque psicologico, para obligar al trabajador a renunciar, no tiene caso negarse a firmar la acta, hay muchas empresas que ven a empleados faltar hasta mas de cuatro dias en un mes, pero si son productivos, no los van a despedir. En todo caso se debe de aprovechar el firmar un acta, para llegar un acuerdo entre el trabajador y su supervisor, de que se puede hacer para mejorar, consiguiendo los objetivos requeridos.
A la persona que trabaja en el Call Center por ponerse en "No disponible" le dieron un acta. Pregunto: ¿Bajo qué argumento legal se hace ese tipo de actas, la hace recursos humanos, la persona firma una copia?
Por favor. Soy abogada. Vivo en la CDMX. Estoy llevando un juicio de sucesión testamentaria. Requiero revisar las reglas aplicables a la sociedad conyugal, vigentes en el Código Civil para el Estado de Morelos en 1941, que fue el año y Estado en el que se casaron los abuelos de mi cliente, y requiero abrir sucesión testamentaria a bienes de ellos. Por favor, existe ese código en sus bases de datos que puedan compartirme?
qué irresponsable, ojalá si te hayas vacunado lol
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