Código de Procedimientos Penales Artículo 377 Estado de Michoacán
Código de Procedimientos Penales Michoacán
Artículo 377. Listas definitivas de jurados
Antes del último día del mes de noviembre, los miembros del ayuntamiento decidirán en pleno y con asistencia del Ministerio Público, qué personas deberán desempeñar el cargo de jurado en el distrito judicial, cuando sean requeridas en los años siguientes. El presidente municipal remitirá luego la lista a los jueces de primera instancia del distrito y ordenará que se publique dentro de los quince días siguientes, fuera de su oficina, en lugar visible y de fácil acceso.
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Freddy Ruiz
jose
buen dia tengo un contrato de compra venta de propiedad de terreno en la que dice como siempre con letra pequeñas que el terreno no se puede vender, no especifica a quien. si hago donacion del mismo se cancela la clausula espero y puedan ayudar con la duda gracias
Hola, hace años se trataba de hacer una reforma en este articulo para incluir ingenieros biomedicos ¿Se logró?
Revisa tu contrato ahi debe estar estipulado el horario laboral, si la empresa atenta contra dicho contrato se puede llevar a juicio por incumplimiento
Hola, me sacaron un crédito automotriz a mis espaldas, me engañaron y firme el crédito con el banco. la persona que tiene el coche no lo quiere devolver ya que no ha pagado 4 mensualidades que puedo hacer. Reportarlo como robo o por abuso de confianza?
En mi Centro de Trabajo aplican el Artículo 52, último párrafo cuando se tiene una falta de asistencia sin justificar (levantan un acta administrativa) ¿Es correcto?
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