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Código de Procedimientos Penales Artículo 203 Estado de Morelos


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 24/04/2024

Código de Procedimientos Penales Morelos
Artículo 203. Aplicación

El embargo precautorio de bienes se regirá en lo conducente, siempre y cuando no contravenga los principios y normas de este Código, por las reglas generales del embargo previstas en el Código de Procedimientos Civiles vigente en el Estado



Estado de Morelos Artículo 203 Código de Procedimientos Penales
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