Código de Procedimientos Penales Artículo 253 Estado de Oaxaca
Código de Procedimientos Penales
Artículo 253.
En el momento de interponer el recurso de apelación, ya sea que personalmente lo haga el inculpado o lo interponga su defensor, aquél deberá designar persona que lo defienda ante el Tribunal de Segunda Instancia. Si no lo hace, el Tribual de alzada le nombrará uno de oficio. Si el recurrente lo es el Ministerio Público o la parte civil, al notificarse al acusado o a su defensor el auto que admite la apelación, deberá el primero hacer la designación a que se
refiere este artículo; y en su defecto el Tribunal de apelación procederá en la forma que quedó establecido para el caso de que el recurrente sea el procesado o su defensor.
Lo anterior debe entenderse, sin perjuicio de que, si el Tribunal de apelación reside en el mismo lugar que el Tribunal de Primera Instancia que conoce del proceso, defienda en Segunda Instancia al acusado, el mismo de Primera Instancia.
Estado de Oaxaca Artículo 253 Código de Procedimientos Penales
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Las empresas pueden poner a firmar mil actas administrativas, pero esto no tiene peso juridico, en todo caso es un ataque psicologico, para obligar al trabajador a renunciar, no tiene caso negarse a firmar la acta, hay muchas empresas que ven a empleados faltar hasta mas de cuatro dias en un mes, pero si son productivos, no los van a despedir. En todo caso se debe de aprovechar el firmar un acta, para llegar un acuerdo entre el trabajador y su supervisor, de que se puede hacer para mejorar, consiguiendo los objetivos requeridos.
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A la persona que trabaja en el Call Center por ponerse en "No disponible" le dieron un acta. Pregunto: ¿Bajo qué argumento legal se hace ese tipo de actas, la hace recursos humanos, la persona firma una copia?
Por favor. Soy abogada. Vivo en la CDMX. Estoy llevando un juicio de sucesión testamentaria. Requiero revisar las reglas aplicables a la sociedad conyugal, vigentes en el Código Civil para el Estado de Morelos en 1941, que fue el año y Estado en el que se casaron los abuelos de mi cliente, y requiero abrir sucesión testamentaria a bienes de ellos. Por favor, existe ese código en sus bases de datos que puedan compartirme?
qué irresponsable, ojalá si te hayas vacunado lol
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