Imprimir

Código de Procedimientos Penales Artículo 360 Estado de Oaxaca


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 01/05/2024

Código de Procedimientos Penales Oaxaca
Artículo 360.

Cuando a solicitud de parte el Tribunal mande sacar testimonio de documentos privados existentes en los libros, cuadernos y archivos de comerciantes, industriales o de cualquier otro particular, el que pida la compulsa deberá indicar la constancia que solicita y el Tribunal ordenará la exhibición de aquéllos para que se inspeccione lo conducente.

En caso de resistencia del tenedor del documento, el Tribunal oyendo a aquél, y a las partes interesadas que estuvieren presentes, resolverá de plano si debe hacerse la exhibición. Si el Tribunal decide que se haga esta última y el tenedor del documento se rehusase nuevamente a ello, el desobediente será corregido disciplinariamente con multa de doscientos cincuenta a dos mil pesos; y si de nuevo insistiere en su resistencia, se le consignará al Procurador General de Justicia como autor del delito de desobediencia a la autoridad.



Estado de Oaxaca Artículo 360 Código de Procedimientos Penales
Artículo 1 ...358 359 360 361 362 ...582

Ver el artículo
Los nuevos comentarios en el sitio web

Hola, hace años se trataba de hacer una reforma en este articulo para incluir ingenieros biomedicos ¿Se logró?


Revisa tu contrato ahi debe estar estipulado el horario laboral, si la empresa atenta contra dicho contrato se puede llevar a juicio por incumplimiento


Hola, me sacaron un crédito automotriz a mis espaldas, me engañaron y firme el crédito con el banco. la persona que tiene el coche no lo quiere devolver ya que no ha pagado 4 mensualidades que puedo hacer. Reportarlo como robo o por abuso de confianza?


En mi Centro de Trabajo aplican el Artículo 52, último párrafo cuando se tiene una falta de asistencia sin justificar (levantan un acta administrativa) ¿Es correcto?


  1. Una pregunta lo que pasa que en mi empresa tenía horarios de 6 a 2 de 2 a 10 y de 10 a 6 am entonces ahora mi empresa quiere cambiar los horarios de 5 de la tarde a 3 de la mañana y ni trasporte dan entonces que ago

Últimos comentarios



¿Es Usted jurista? ¿Necesito nuevos clientes?
Publique la información de sí mismo

- Eso es gratís

- La información acerca de 5 mejores juristas está en todas las páginas del sitio

- Este anuncio ven màs de 10 000 visitantes al día

- Para aumentar su rating Usted necesito responder a las preguntas de los usuarios

Registrarse