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Código de Procedimientos Penales Artículo 526 Estado de Quintana Roo


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 24/07/2026

Código de Procedimientos Penales Quintana Roo
Artículo 526.

Las infracciones de las disposiciones contenidas en los artículos comprendidos en esta sección, se sancionarán con una corrección disciplinaria y agotadas las correcciones de esta clase, con la destitución del infractor, sin perjuicio de consignar el caso al Ministerio Público, cuando pudiere resultar la existencia de un delito.



Estado de Quintana Roo Artículo 526 Código de Procedimientos Penales
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Buen día si necesito conocer las leyes que origen el comercio informal ¿a qué código o leyes tengo que dirigir mi atención ?


en el estado el pago del 3% prescriben los pagos despues de los 5 años


Una pregunta si un importador paga honorario del agente aduanal americano (antes de su importación) se debe declarar en pedimento ese gasto no incrementable


como policía puedo denunciar a mi jefe por misogeno y por quererme obligar a que le venda una propiedad, comentando si no acepto tendre muchos problemas.

además de que esto lo uso como pretexto para cambiarme de area.


en que articulo de la ley habla de manejo de recursos de dinero en las escuelas publicas


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