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Código de Procedimientos Penales Artículo 534 Estado de Quintana Roo


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 15/04/2024

Código de Procedimientos Penales Quintana Roo
Artículo 534.

Los Tribunales tienen el deber de mantener el buen orden y de exigir que se les guarden, tanto a ellos como a las demás autoridades, el respeto y la consideración debidos, aplicando en el acto, por las faltas que se cometan, las correcciones disciplinarias que este Código señala, sin ajustarse precisamente al orden establecido por el respectivo precepto, y de dictar las otras medidas que estimen oportunas.



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