Código de Procedimientos Penales Artículo 55 Estado de San Luis Potosí
Código de Procedimientos Penales San Luis Potosí
Artículo 55.
Cuando tuviere que practicarse una diligencia por el Ministerio Público fuera del territorio del Estado, se encargará su cumplimiento, conforme al convenio de colaboración respectivo, a la Procuraduría General de Justicia del Distrito Federal o de la Entidad correspondiente, según sea el caso; lo mismo acontecerá para la entrega de inculpados, procesados o sentenciados. El Ministerio Público se sujetará a lo previsto en el párrafo segundo del artículo 119 de la Constitución Federal y a los convenios de colaboración suscritos por las respectivas Procuradurías.
Cuando se trate de diligencias que deban practicarse fuera del Distrito Judicial al que pertenece el Juez que conozca del asunto, éste encargará su cumplimiento al de igual categoría del Distrito en que deba practicarse; si la diligencia judicial tuviera que practicarse fuera de la residencia del Juez exhortado, pero dentro de su jurisdicción, y éste no pudiera trasladarse, encargará mediante requisitoria su cumplimiento al inferior del lugar que corresponda.
Para efectos de lo señalado en los párrafos anteriores, se empleará la forma de oficio de colaboración cuando se trate de diligencias del Ministerio Público; de exhorto cuando se dirija a juez o tribunal igual o superior en grado, y de requisitoria cuando se dirija a un inferior
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Hola, si el ingreso recibido en el extranjero es cada quince dias, el tipo de cambio que debo usar para convertirlo a pesos es el promedio de esos 15 dias?? o junto las dos quincenas y aplico el promedio mensual del tipo de cambio publicado en DOF? La persona que percibe los ingresos (salarios) en el extranjero recide en México, puede deducir en la declaración anual lo procedente como si fuera empleado en México?? y tambien las deducciones que pague en el extranjero?
Articulo 76 Establece el derecho a vacaciones: mínimo 12 días después del primer año de trabajo, aumentando en dos días cada año hasta llegar a 20
En que articulo dise que los primeros 3 dias no los paga tu patron en caso de enfermedad
si voy a cumplir 3 años cuanto me tocan de dias de vacaciones pagadas
con el articulo 224 del imss entiendo que se puede cotizar con un patron y al mismo tiempo contratar modalidad 10 sin ser realmente trabajador independiente para subir el salario promedio de cotizacion para la cuestion de pension por cesantia en edad avanzada ?
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