Imprimir

Código de Procedimientos Penales Artículo 221 Estado de Tabasco


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 01/05/2024

Código de Procedimientos Penales Tabasco
Artículo 221.

El sobreseimiento y la desacreditación de las pruebas que sirvieron para establecer los elementos del cuerpo del delito aparejan la conclusión del proceso y la libertad absoluta del inculpado. Aquél se resolverá en el principal y ésta se tramitará en incidente por separado. Asimismo, se dispondrá la libertad absoluta del inculpado cuando se esté en los casos previstos por los artículos 174 y 220.

No tienen efectos conclusivos del proceso la libertad que se conceda por haberse practicado irregularmente la detención del inculpado, la que se dicte por falta de elementos para procesar o desacreditación de las pruebas que sirvieron para establecer la probable responsabilidad, sin perjuicio de lo previsto por los artículos mencionados en el párrafo anterior, y la provisional bajo caución o protesta.

La libertad por detención irregular o por falta de elementos para procesar y las de carácter provisional que se concedan bajo caución o protesta se resolverán en el principal, y la libertad por desacreditación de las pruebas relacionadas con la probable responsabilidad se tramitará en incidente por separado.



Estado de Tabasco Artículo 221 Código de Procedimientos Penales
Artículo 1 ...219 220 221 222 223 ...272

Ver el artículo
Los nuevos comentarios en el sitio web

Hola, hace años se trataba de hacer una reforma en este articulo para incluir ingenieros biomedicos ¿Se logró?


Revisa tu contrato ahi debe estar estipulado el horario laboral, si la empresa atenta contra dicho contrato se puede llevar a juicio por incumplimiento


Hola, me sacaron un crédito automotriz a mis espaldas, me engañaron y firme el crédito con el banco. la persona que tiene el coche no lo quiere devolver ya que no ha pagado 4 mensualidades que puedo hacer. Reportarlo como robo o por abuso de confianza?


En mi Centro de Trabajo aplican el Artículo 52, último párrafo cuando se tiene una falta de asistencia sin justificar (levantan un acta administrativa) ¿Es correcto?


  1. Una pregunta lo que pasa que en mi empresa tenía horarios de 6 a 2 de 2 a 10 y de 10 a 6 am entonces ahora mi empresa quiere cambiar los horarios de 5 de la tarde a 3 de la mañana y ni trasporte dan entonces que ago

Últimos comentarios



¿Es Usted jurista? ¿Necesito nuevos clientes?
Publique la información de sí mismo

- Eso es gratís

- La información acerca de 5 mejores juristas está en todas las páginas del sitio

- Este anuncio ven màs de 10 000 visitantes al día

- Para aumentar su rating Usted necesito responder a las preguntas de los usuarios

Registrarse